Las multas lingüísticas por la ausencia del catalán en los rótulos comerciales llegan a juicio
El propietario de una inmobiliaria pide que se declare inconstitucional la ley de Política Lingüística de Cataluña
Las multas de la Generalitat de Cataluña por la ausencia del catalán en los rótulos comerciales han llegado hoy ante la justicia. El empresario Manel Nebot, propietario de una agencia inmobiliaria en Vilanova i la Geltrú (Barcelona), ha llevado esta mañana a juicio la multa de 400 euros que le impuso en 2006 la Agencia Catalana de Consumo por no rotular en catalán su establecimiento.
La vista oral ha durado apenas media hora durante la que el demandante ha acusado a la Generalitat de menospreciar el derecho a la "libertad de expresión" al intentar decir cómo debe hacerse la comunicación "entre particulares". En el escrito de demanda, Nevot se cuestiona si una ley, sea estatal o autonómica puede limitar las libertades y privar a las personas de la lengua que deben utilizarse para relacionarse entre sí. Además, pide que se recurra ante el Tribunal Constitucional la ley de Política Lingüística de la Generalitat, que fija sanciones para aquellos establecimientos que no rotulen los establecimientos "al menos en catalán".
El abogado de la Generalitat ha defendido la plena constitucionalidad de la ley catalana. "No se obliga a nadie a que no se exprese en una lengua concreta, sólo se establece que los rótulos deben estar al menos en catalán". El abogado de Nevot ha calificado de "argucia" esta consideración y ha apelado al derecho comunitario para que no se aplique la legislación catalana.
La agencia inmobiliaria de Nevot tenía, y sigue teniendo, el cartel principal escrito sólo en castellano. En cambio, en la puerta del local sí figura una placa que reza "Finques Nevot", en catalán. La Generalitat, sin embargo, mantiene que debe escribirse "al menos en catalán" qué tipo de servicios ofrecen los establecimientos.
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