El Constitucional avala el despido como profesor de religión de un cura casado
El Obispado le renovó hasta que apareció en público defendiendo el celibato opcional
El Tribunal Constitucional ha avalado el despido de un profesor de religión y moral católica de Murcia ante el "escándalo" causado porque se supiera públicamente que era un cura, casado y con cinco hijos, y militante del Movimiento Pro Celibato Opcional. El Constitucional reitera la doctrina sentada en una sentencia del mes de febrero contra una profesora despedida por vivir con un hombre con el que no estaba casada, e insiste en que han sido razones "exclusivamente religiosas" las determinantes de que no fuera propuesto como profesor de religión después de cinco años impartiendo la asignatura con conocimiento de su situación por parte del Obispado. El Tribunal dice que no valora "disputas intraeclesiásticas".
José Antonio F. se ordenó sacerdote en 1961 y pidió la dispensa del sacerdocio en 1984, que le fue concedida en 1997, trece años después de solicitarla. Un año después de pedir la dispensa contrajo matrimonio civil, del que nacieron cinco hijos. Fue propuesto sucesivamente como profesor de religión desde el curso 1991-92 hasta el 1996-97, cuando llevaba casado desde 1985, "circunstancia que no era desconocida para el Obispado". Pero con ocasión de un reportaje en el diario La Verdad, de Murcia, el 11 de noviembre de 1996, en el que José Antonio F. apareció fotografiado junto a toda su familia en un acto del Movimiento Pro Celibato Opcional, el Obispado de Cartagena hizo pública una nota atribuyendo el despido a haberse hecho "pública y notoria" su situación y "por respeto a la sensibilidad de muchos padres de familia que se sentirían contrariados".
La Sala Segunda del Constitucional, por cuatro votos a dos, ha entendido que la "modulación" de los derechos del demandante a la libertad ideológica y religiosa, en conexión con la libertad de expresión, "no resulta desproporcionada ni inconstitucionalmente proscrita" y se justifica por el derecho de la Iglesia Católica a la libertad religiosa en relación con el derecho de los padres a la educación religiosa de sus hijos.
Los magistrados Pascual Sala y Elisa Pérez Vera han formulado un voto discrepante en el que afirman que la Iglesia "ha hecho valer una circunstancia personal que conocía" ante una "discrepancia legítima del profesor".
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