_
_
_
_
_

La polémica de los Ojos del Guadiana

Las reacciones a la sentencia de un juez de Extremadura resaltan la degradación ecológica de la zona

La reciente sentencia de un juez del Tribunal Superior de Extremadura que dictamina que los Ojos del Guadiana no existen ha sido calificada por los especialistas de "ignorante respecto a los conocimientos geográficos". La polémica pone en evidencia, por otra parte, la destrucción generalizada que sufre esta cuenca fluvial española, aguas arriba de las Tablas de Daimiel. Los planes de regadío agrícola abusivos, junto con la extracción de agua subterránea por medio de pozos ilegales, amenazan, según los hidrogeólogos, con agotar el acuífero 23 de La Mancha antes del año 2025.

Más información
Un río con muchos orígenes

El juez José María Crespo, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en su sentencia del 8 de mayo de 1990, fallada a favor de la compañía Industria Navarra del Aluminio y otros tres particulares y en contra de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, estima que los famosos Ojos de este río son privatizables, y que además no forman parte de la cuenca del Guadiana.Los Ojos están demostrando ser uno de los accidentes geográficos que más hondo calan en el sentir colectivo de los españoles, que ven puestos en tela de juicio incluso dichos tan arraigados como ese de ser como un Guadiana, en el sentido de desaparecer para volver a aparecer realmente, como por ensalmo. El juez asegura que no esperaba armar tanto revuelo.

La compleja historia fluvial del alto Guadiana ha sufrido trastornos dramáticos a partir de los años sesenta. Las lagunas de Ruidera, a causa de la reciente implantación salvaje de fincas de regadío en su cabecera fluvial, ven disminuir con frecuencia su nivel de forma alarmante. El pantano de Peñarroya supuso la interrupción del alto Guadiana antes de alcanzar Argamasilla. La ejecución de enormes planes de regadío a partir de 1969 sobre territorio manchego están originando un desastre regional de imprevisibles consecuencias. Varios centenares de pozos ilegales funcionan y siguen abriéndose en La Mancha toledana, de Cuenca y de Ciudad Real. Según datos oficiales, en el acuífero 23 se contabiliza una entrada hídrica de 340 hectómetros cúbicos al año. En contrapartida, la extracción se está efectuando al ritmo de 600 hectómetros cúbicos anuales. El embalse de las entrañas manchegas se vacía, por tanto, en unos 260 hectómetros cúbicos por año. A este ritmo de extracción, los hidrogeólogos prevén su total agotamiento para el año 2005. La Mancha puede ser sólo un futuro gran desierto.

La primera llamada de atención la dio la propia naturaleza en 1973, aunque nadie hizo caso. Los Ojos, el rebosadero del gran lago subterráneo de la cuenca alta del Guadiana, comenzaron a perder su caudal de resurgencia. En 1980 ya permanecían la mayor parte del año en seco. Desde 1985 no volvió a constatarse una sola gota de agua en ellos.

Visita del juez

La polémica sentencia del juez Crespo se basa, fundamentalmente, en una visita de una jornada efectuada a los Ojos en algún momento del último invierno. Según sus propias palabras, "daba verdadero miedo circular por la carretera y pasar por los puentes por culpa del agua que caía; pero cuando llegamos a los Ojos tuvimos la inmensa sorpresa de que, pese a estar todo lleno de agua, el suelo ardía [en 1987 se inició un gran incendio subterráneo en la zona] y los Ojos estaban secos". En la sentencia se deduce que "conforme al criterio que es común al género humano, y bajo las reglas de la sana crítica", entre otras cosas, los Ojos "no son la reaparición del río Guadiana", por lo que serían "resurgencias independientes de dicho río".Para Bernardo López Camacho, subdirector del Servicio Geológico del MOPU, uno de los mejores conocedores de la cuenca alta del Guadiana, la sentencia no tiene en cuenta la "unidad del ciclo hidrológico", punto clave de la Ley de Aguas de 1985, "que debería estudiarse con más detenimiento el juez Crespo. Imaginemos que los regadíos manchegos son regulados en un futuro, lo cual se está estudiando ya en Bruselas; nadie puede asegurar que por los Ojos no vuelva a resurgir agua". Lo peligroso de esta sentencia es que podría servir de pretexto para el comienzo de toda una serie de ocupaciones de cauces públicos por parte de propietarios privados en muchos puntos de la hidrografía peninsular sometidos a prolongados estiajes: por ejemplo, las ramblas de Murcia o Almería.

Para María Jesús Sánchez Soler, directora del parque nacional de las Tablas de Daimiel, "la privatización de los Ojos, en efecto, afectaría a la zona de influencia del parque, uno de los principales humedales europeos". La polémica sentencia beneficia exclusivamente a cuatro propietarios limítrofes a los Ojos que han ido ocupando el paraje a medida que éste iba desecándose. Su interés es la extracción de turba en los pantanos desecados, actividad irregular que estaría produciendo ya beneficios de más de 500.000 pesetas diarias, y para la que deberían obtener permiso expreso de la Consejería de Industria y Minas castellano-manchega, del patronato del parque nacional y de la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Numerosas opiniones consultadas acusan a esta confederación de ser culpable indirecta de este tipo de situaciones "por dejación", al no haber acometido sistemáticos deslindes que definan tajantemente las zonas públicas a lo largo de su cuenca.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_