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Los menores, los olvidados de la violencia machista

Un estudio encargado por la Generalitat revela cómo las decisiones contradictorias entre órganos judiciales dejan desprotegidos a los hijos

Fachada de la Ciudad de la Justicia en Barcelona, en el distrito de Sants-Montjuïc.
Fachada de la Ciudad de la Justicia en Barcelona, en el distrito de Sants-Montjuïc.Luis Sevillano
Jesús García Bueno

Los menores son los grandes olvidados en los procesos por violencia machista. La contradicción entre las medidas que a menudo adoptan órganos judiciales con distintas competencias (los juzgados civiles, por un lado, y los juzgados de violencia sobre las mujeres, por el otro) acaban conduciendo a situaciones de “desprotección”. Es una de las conclusiones de un estudio encargado por el Departamento de Justicia a un grupo de investigadores de la Universidad Rovira i Virgili (URV) que plantea propuestas para paliar, en parte, la especial vulnerabilidad de los hijos en las causas judiciales.

La situación de los hijos, constata el estudio a partir de entrevistas a profesionales del ámbito judicial y asistencial, queda a menudo en un segundo plano. Existen solapamientos y vacíos legales que afectan a las medidas de protección adoptadas hacia las madres y sus hijos por los juzgados. La existencia de esos dos ámbitos, con distintas competencias y que no se comunican entre sí, hace que en ocasiones se formulen planteamientos contradictorios que acaban poniendo en situación de riesgo al menor.

El informe ha recabado ejemplos concretos. Se ha dado el caso de que, al mismo tiempo que un juez del ámbito familiar otorga un régimen de visitas para el padre, un juez de violencia sobre la mujer dicta una orden de alejamiento del progenitor respecto de la madre o del hijo. Otro de los desajustes se produce cuando los juzgados del ámbito penal acuerdan medidas de protección (suspensión de la patria potestad, por ejemplo) que, después, “no quedan ratificadas” por los juzgados civiles en los casos de separación o divorcio.

Es cierto que los jueces de violencia doméstica pueden adoptar no solo medidas penales (prisión preventiva, orden de alejamiento, prohibición de comunicarse), sino también medidas civiles (sobre el uso de la vivienda o el régimen de custodia y visitas). Pero esas medidas no necesariamente son coherentes con las que se deciden en el ámbito de los juzgados de familia.

La investigación recoge una quincena de propuestas para mejorar la protección de los menores y evitar su revictimización: más participación del fiscal en los procesos judiciales por violencia machista, suspensión para ejercer la potestad parental cuando haya una orden de protección vigente o una mayor coordinación entre los juzgados de violencia y los civiles.

En noviembre, el Gobierno catalán aprobó un decreto ley para proteger a los menores frente a la violencia vicaria, que se produce cuando uno de los progenitores (por lo general, el padre) atenta contra la seguridad o la vida del menor con el objetivo de hacer daño a la madre. Según el nuevo redactado del Código Civil, los padres sobre quienes pesen indicios de haber cometido actos de violencia familiar tendrán prohibidas las “estancias, visitas y comunicaciones” con sus hijos.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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