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El Supremo refuerza la credibilidad del testimonio de las víctimas de violencia machista

El tribunal dictamina que no puede dudarse de la veracidad de la declaración por tardar en denunciar

J. J. Gálvez
Manifestacion en Barcelona el 25 de noviembre, día internacional contra la violencia de género.
Manifestacion en Barcelona el 25 de noviembre, día internacional contra la violencia de género. Massimiliano Minocri (EL PAÍS)

La tragedia de N. marca un nuevo paso en lucha de la justicia española contra la violencia de género. Tras analizar el caso de esta mujer, que sufrió una brutal paliza por parte de su pareja en la madrugada del 2 de octubre de 2014, el Tribunal Supremo ha dictaminado que no puede dudarse de la veracidad del testimonio de una víctima de violencia machista por el hecho de que haya tardado en denunciar o porque, según trataba de alegar la defensa del acusado en este procedimiento, la mera existencia de maltrato la pueda condicionar para mentir en contra de su agresor.

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Esta decisión de los magistrados refuerza, por tanto, el valor como prueba de los testimonios de este tipo de víctimas. "Es obvio que, por el hecho de haber sido victimizada por el agresor, la mujer no tenga una buena relación con este. Pero ello no debe hacernos llevar el ámbito de la duda respecto a si lo que está declarando lo hace con móviles de resentimiento", subraya la Sala de lo Penal del alto tribunal en una sentencia del pasado 2 de abril, que considera a Moakdy Juan García Sánchez, pareja de N., culpable de un delito de lesiones.

Según declara probada la resolución, que impone también una orden de alejamiento de 500 metros durante cinco años, el hombre golpeó reiteradamente a la mujer hasta dejarla inconsciente. Todo empezó con una discusión entre las tres y las cuatro de la madrugada. A esa hora, N. estaba sentada en el sofá de la casa donde vivían y "él tenía ganas de salir para vender droga". Pero ella se negó. Y, entonces, comenzó la paliza. García Sánchez la agarró de los brazos, la tiró al suelo y la abofeteó. En mitad de la agresión, ella logró refugiarse en el cuarto de baño y encerrarse en este. "Pero él aporreó la puerta hasta que consiguió abrirla y le pegó un puñetazo que la dejó inconsciente. El golpe le rompió un diente", relatan los magistrados del Supremo en su escrito, donde reducen a dos años y seis meses de cárcel la pena dictada —frente a los cuatro años y seis meses impuestos por la Audiencia Provincial de Málaga— por dilaciones indebidas.

Aun así, pese a esta rebaja de la condena, los jueces marcan en esta sentencia una línea a seguir en la lucha jurídica contra la violencia machista, al reforzar la credibilidad de la víctima en su declaración. En ese sentido, consideran que no se puede dudar de su testimonio por negarse, en un primer momento, a poner una denuncia: "Esta reacción es habitual en las víctimas de violencia de género", explica la Sala de lo Penal, que insiste en que son "reacias" por razones múltiples: por no saber qué va a ocurrir con ellas, por la reacción posterior que pueda tener el agresor, por carecer de medios económicos... De hecho, en el caso de N., fue una amiga quien le ayudó y convenció para acudir al médico al día siguiente: "Ello refuerza su neutralidad y que no miente al tribunal cuando relata lo que ocurrió ante la sucesión de golpes que le propinó García Sánchez", apostilla el Supremo.

Es más, los magistrados inciden en esta idea: "No se les puede volver en su contra que tarden en denunciar. Porque hasta se sienten estigmatizadas por hacerlo. Y, en muchos casos, hasta culpables. Todo ello, las convierte en más víctimas aún, porque lo son del agresor y lo son, también, del propio sistema en quien, en muchas ocasiones, no confían si no tienen la seguridad de que denunciar va a ser algo positivo para ellas y no algo negativo".

El abogado de García Sánchez también exponía en su recurso que debía ponerse en duda la declaración de N. porque, al poder existir malos tratos, podía estar movida por un resentimiento para perjudicarle. Una argumentación que descarta el Supremo: "En las relaciones de pareja cuando ha habido serios problemas entre ellos es obvio que la relación que mantengan no sea buena. Y, más aún, cuando ha habido malos tratos. Pero ello no tiene por qué conllevar que en la declaración de la víctima se entienda que siempre y en cualquier circunstancia existe una duda acerca de su credibilidad".

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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