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Un ensayo pedagógico

El decreto de plantillas aprobado recientemente en Cataluña por los órganos competentes representa una buena ocasión para reflexionar sobre los principios pedagógicos que subyacen en la reforma que se anuncia. Dejo constancia de que mi conocimiento de la nueva norma es limitado, y que solo se apoya en las referencias de prensa que hasta el momento se han publicado.

En mi opinión, la idea central que transita en el nuevo texto legal obliga al legislador a plantearse el concepto de autonomía que se quiere otorgar a los colegios e institutos públicos. Pero es que la autonomía no es un término inocuo, sino que, desarrollado en plenitud, termina afectando a todos los escenarios de la vida institucional (económico, administrativo, selección del profesorado, determinación y jerarquización de los equipos directivos, formalización de un currículo, y otros). No parece, en principio, que todos estos aspectos aparezcan reflejados en la reforma recién aprobada. Más bien se hace hincapié en la posibilidad, novedosa bien es cierto, de que una parte del profesorado puede ser reclutado por el centro, basándose en sus rasgos curriculares y a las exigencias y necesidades del proyecto pedagógico que se apruebe por el equipo de responsables.

Pero un centro educativo es como una máquina que debe funcionar coordinadamente entre todas sus partes para que una nueva modificación no desvirtúe las necesidades del conjunto. Es decir, tal vez los criterios que se anuncian terminen aportando mayor agilidad funcional para la vida de las instituciones, pero es indudable que abrirán otros frentes de duda referidos al resto del profesorado, a la función directiva —el director se define como el “jefe de todo el personal”—, a los principios rectores que habrán de inspirar los futuros perfiles y a los procesos de selección. Por no hablar de otros frentes que se atisban como posibles, entre los cuales destaco la profesionalización efectiva del director, la presencia difusa de nuevas formas de control o la aparición de clientelismos científicos, académicos o ideológicos.

Tampoco es desdeñable la hipótesis de que el proyecto aprobado represente el principio del fin de la funcionarización docente con todos los efectos que una maniobra de esta naturaleza lleva consigo. Entre ellos destaco la precarización en el empleo y los contratos de corto recorrido, todo ello fundamentado en las necesidades “inaplazables” de la actualización de los contenidos.

En fin, se trata de una iniciativa, de momento, opcional, que habla de unos porcentajes de aplicación limitados pero que naturalmente pueden ser aumentados según la voluntad del legislador. Creo, en síntesis, que se trata de una vía exploratoria de reforma, un ensayo pedagógico digno de tenerse en cuenta, pero que necesita de un cierto tiempo para emitir una valoración más definitiva.

Antonio Molero Pintado es catedrático de Universidad de Teoría e Historia de la Educación. 

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