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Dos años de cárcel para un hombre que dejó ciega a su ex pareja de un puñetazo

La fiscalía de Alicante pedía 10 años de prisión para el acusado, que ya había sido denunciado por malos tratos

Un hombre de 46 años ha sido condenado a dos años de prisión por dejar ciega a su ex pareja sentimental de un puñetazo en el único ojo en el que conservaba algo de visión, en el transcurso de una discusión iniciada a raíz de los ronquidos de la víctima en un hotel de Benidorm. Según la sentencia de la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante, difundida hoy, el procesado, Ignacio R. B., al igual que la víctima vecino de Madrid, es responsable de un delito de lesiones de pérdida de sentido por imprudencia y, además de la condena, deberá indemnizar a su ex esposa, María Paz R. P., de 45 años, con 2.450 euros por las heridas y con 40.000 más por las secuelas. En el momento de la agresión, la mujer tenía el ojo derecho de cristal por un accidente anterior y conservaba una visión del 10% en el izquierdo.

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El fiscal pide 10 años al hombre que dejó ciega a su ex pareja

Los hechos ocurrieron a las 3 de la madrugada del 25 de julio de 2004 en una habitación del hotel La Marina de Benidorm, en donde la mujer y el procesado, que habían roto su relación sentimental dos años antes, compartían una habitación en camas separadas para pasar un tiempo en común junto a la hija de ambos, entonces de ocho años.

Desde el primer día de las vacaciones había discusiones, y el día del suceso la mujer se acostó más tarde que su ex pareja y la hija en un aparente estado de embriaguez. En mitad de la noche y mientras dormía el acusado, a quien la víctima había denunciado en el pasado tres veces por malos tratos, el hombre se despertó a causa de los ronquidos de la mujer. Esto inició una nueva discusión en el transcurso de la cual la niña salió de la habitación hacia la recepción del hotel para pedir ayuda, momento en el que la mujer abrió la neverita y lanzó al suelo alguna botella de refrescos mientras decía que los daños materiales los pagaría su ex marido. En un momento dado y tras un intercambio de acusaciones mutuas, el hombre (que tenía la custodia de la menor por problemas psiquiátricos de la mujer) golpeó con el puño derecho cerrado sobre el ojo izquierdo de la mujer, pese a que conocía sobradamente su situación de poca visión.

La mujer sufrió el estallido ocular y fue intervenida quirúrgicamente de urgencia mientras que como secuela conserva una mínima agudeza visual de bulto de la mano a cinco centímetros, lo que para el tribunal en la práctica equivale a una ceguera.

La sentencia considera que se trató de una acción dolosa imprudente con producción de un resultado "no querido" por el procesado. El tribunal aprecia la atenuante de las dilaciones indebidas por la espera de más de seis años en celebrarse el juicio y rebaja la petición del fiscal de indemnización de 300.000 euros a 40.000 al tener en cuenta que antes de la agresión la mujer ya tenía una visión muy limitada, hasta el extremo de que ya estaba inscrita en la ONCE y se desplazaba con la ayuda de un bastón.

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