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Ryanair, condenada por no devolver la prima de seguro de vuelos cancelados

Una usuaria consigue que un juzgado de Huesca condene a la aerolínea de Irlanda por cláusula abusiva y enriquecimiento ilícito

Fernando Peinado
Aviones en el aeropuerto de Dublín, Irlanda.
Aviones en el aeropuerto de Dublín, Irlanda.Clodagh Kilcoyne (REUTERS)

Una consumidora de Huesca ha conseguido que Ryanair sea condenada a devolverle 60 euros de un viaje cancelado por la aerolínea. Es poco dinero para el dolor de cabeza del litigio, pero ella dice que se siente satisfecha por haber "reparado una injusticia".

La pasajera (que pide ser identificada únicamente como María Elena) tenía planeado volar en octubre con su hijo y su hermana desde Barcelona a Dublín, pero se vieron afectados por las cancelaciones de miles de vuelos que Ryanair decretó en otoño por escasez de plantilla.

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Como a cientos de miles de pasajeros, Ryanair les devolvió la cantidad correspondiente a los billetes sin abonar la perteneciente a los seguros de viaje individual. "Como es una cantidad insignificante y nadie reclama pues estamos en sus manos", se queja María Elena, de 61 años, en conversación telefónica. 

El juzgado de lo mercantil número tres de Huesca condenó a la compañía por enriquecimiento ilícito al considerar abusiva una cláusula que contemple la no devolución de la prima de seguro por un servicio no prestado por decisión de la propia entidad. La sentencia argumenta que ni siquiera la redacción de los términos generales y condiciones de transportes de Ryanair es clara sobre la devolución de las primas. En respuesta a una solicitud de comentario de este diario, Ryanair dijo: "Tomamos nota de la decisión sobre este caso y la revisaremos con nuestro proveedor de seguros".

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Mientras que María Elena ha recuperado sus 60 euros, la sentencia no obliga a Ryanair a devolver las primas de seguro a los otros pasajeros afectados por la cancelación. Una sentencia de un juzgado inferior no sienta jurisprudencia y otros consumidores demandantes podrían tener peor suerte.

A pesar de ello, la organización de consumidores Facua considera que las administraciones públicas podrían intervenir para proteger al resto de usuarios. "La sentencia da armas a los órganos con competencias en consumo de las comunidades autónomas para abrir un expediente sancionador", valora Miguel Ángel Serrano, jurista de Facua.

La reclamación ante las comunidades autónomas puede hacerse de manera online en la mayoría de los casos. Las multas varían dependiendo de cada administración.

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La noticia sobre esta pequeña victoria para la consumidora fue reportada primero por Radio Huesca. María Elena, que es jurista de formación, dice haber ganado varios casos por abusos contra los derechos de los consumidores, pero lamenta que las grandes corporaciones se aprovechen de la indefensión de los usuarios comunes. "La estrategia es poner obstáculos para que nadie ejerza sus derechos", se queja.

Desgraciadamente las cláusulas abusivas son comunes en el sector de los transportes y otros ámbitos con contratación masiva, dice el portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) Enrique García. La buena noticia para viajeros y otros usuarios es que una sentencia del Supremo en octubre facilitó la lucha contra estas disposiciones al considerar que las comunidades autónomas tienen potestad para sancionar a las empresas incluso aunque no haya una sentencia judicial. "Hace falta que las comunidades autónomas tomen la iniciativa para perseguir estas prácticas", afirma el portavoz de la OCU.

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Sobre la firma

Fernando Peinado
Es reportero de la sección de Madrid desde 2018. Antes pasó ocho años en Estados Unidos donde trabajó para Univision, BBC, AP y The Miami Herald. Es autor de Trumpistas (Editorial Fuera de Ruta).

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