Estrasburgo rechaza una medida de urgencia de Valtonyc para retrasar su ingreso en la cárcel
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos aún tiene que revisar el fondo del caso
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado frenar mediante una medida cautelar (de urgencia) el ingreso en prisión del rapero Josep Miquel Arenas, alias Valtonyc, lo cual no significa que su caso no vaya a ser analizado por la corte con sede en Estrasburgo. Un tuit del músico negando que se hubiera presentado aún una demanda ha provocado la confusión sobre la situación jurídica en la alta instancia europea del artista, condenado por el Tribunal Supremo a tres años y medio por amenazas, injurias graves a la Corona y enaltecimiento del terrorismo por el contenido de algunas de sus canciones.
Según fuentes del TEDH, el tribunal recibió en mayo una petición para que le concediera a Valtonyc una medida cautelar. Este procedimiento, previsto en el artículo 39 del reglamento del TEDH, se utiliza cuando se estima que el beneficiario de esta medida puede correr un “riesgo inminente de daño irreparable”, algo que en el caso de Valtonyc el tribunal no ha considerado aplicable. Ello no debe influir, como señala el mismo reglamento europeo, en la decisión que los jueces encargados de revisar en el futuro su expediente, ya sea sobre la admisibilidad del caso o sobre el fondo del mismo, siempre y cuando el interesado decida seguir adelante con la vía europea.“Se trata de medidas adoptadas en el marco del desarrollo del procedimiento ante el TEDH y que no prejuzgan sus decisiones futuras sobre la admisibilidad o sobre el fondo de los asuntos en cuestión”, de acuerdo con el reglamento del organismo.
Fuentes de la defensa del cantante aseguran este martes a EL PAÍS que aún no se ha presentado una demanda ante el Tribunal de Estrasburgo. Estas fuentes recalcan que la solicitud de la cautelar la tomó el anterior abogado de Valtonyc y que no fue acompañada por una demanda. El actual letrado tampoco lo ha hecho aún, aunque estas fuentes insisten que tiene seis meses para presentarla, una medida que ya está estudiando. Lo haga finalmente o no, el caso de Valtonyc ya tiene nombre en el TEDH. Cualquier novedad o decisión se incorporará al expediente denominado ya formalmente Arenas Beltrán v. Spain.
Poco después de que la agencia Europa Press anunciara que el TEDH había rechazado la petición del rapero para retrasar su ingreso en prisión, el artista desmentía la noticia a través del primer tuit publicado desde el 23 de mayo, un día antes de su previsto ingreso en la cárcel. En este se puede leer que "la noticia que está saliendo en los medios es falsa". "Aún no se ha presentado ningún recurso en Estrasburgo. Que no os despisten con movidas y mentiras, lo que ha pasado hoy en Altsasua es muy grave. Toda mi solidaridad para ellos y sus familias", ha escrito
El rapero se encuentra a la espera de ser citado por las autoridades. Fuentes jurídicas explicaron este lunes que responderá a su llamada para comparecer allí dónde se encuentre, pero que están a la espera de una orden de citación. Valtonyc abandonó el territorio español rumbo a Bélgica para evitar su ingreso en prisión a finales de mayo. La Audiencia Nacional emitió entonces una orden nacional, europea e internacional de búsqueda y captura.
Valtonyc ha confiado su defensa al letrado Gonzalo Boye, abogado de los exconsellers huidos a Bruselas Antoni Comín y Meritxell Serret, y asesor del equipo de Carles Puigdemont.
El pasado 20 de febrero la Sala Segunda del Tribunal Supremo confirmó la condena de tres años y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso al rapero por delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona, y amenazas por el contenido de algunas de sus canciones publicadas en Internet.
Según la sentencia, por la cual Arenas tenía que ingresar en prisión, las canciones incluyen expresiones en apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas Grapo, ETA, y a algunos de sus miembros, así como contra el titular de la Corona y sus familiares, y contra el presidente del Círculo Balear, Jorge Campos. Los magistrados rechazaron los argumentos sostenidos por el rapero en su recurso, en el que expuso que actuó amparado por su derecho a la libertad de expresión y a la creación artística y defendió que el rap es un tipo de música con letras "extremas, provocadoras, alegóricas y simbólicas".
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— EuropaPress Baleares (@EPBaleares) June 5, 2018
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