Las acusaciones prevén recusar al nuevo tribunal de la caja b
La decisión de cambiar las normas de reparto de la Audiencia sorprende a las asociaciones judiciales
Las acusaciones particulares en el caso Bárcenas, la pieza separada del caso Gürtel sobre la caja b del PP, prevén recusar al magistrado de la Audiencia Nacional Juan Pablo González, en caso de que este sea finalmente nombrado para formar parte del tribunal encargado de enjuiciar esta causa. González, encuadrado en el sector conservador de la Audiencia y exvocal del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del PP, participará previsiblemente en el tribunal de la caja b después de que la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia, a la que pertenece, modificara el criterio de reparto de asuntos.
Esta reforma, aplicada a todos los juicios de la Sección, hará que el magistrado Julio de Diego salga del tribunal del caso Bárcenas. El voto de De Diego forzó que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, tuviera que declarar como testigo en el juicio de la trama central del caso Gürtel el pasado 26 de julio.
La decisión de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de aprobar la modificación de los criterios de reparto y su aplicación, de forma retroactiva, a los asuntos, como el de la caja b, que ya tenían designado un tribunal para su enjuiciamiento fue acogida con sorpresa tanto por las acusaciones populares como por algunos sectores de la judicatura.
Ignacio González Vega, de la asociación progresista Juezas y Jueces por la Democracia, manifestó que la decisión de la Sala de Gobierno “afecta al derecho al juez natural predeterminado por la ley”. González Vega considera que esas normas no deberían haberse modificado con carácter retroactivo, “y menos en un caso con dos recusaciones de magistrados admitidas”, en referencia a los magistrados Concepción Espejel —actual presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia— y Enrique López.
El portavoz de la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura, Celso Rodríguez Padrón, recordó que las normas de reparto de asuntos se pueden modificar por “razones operativas o de eficacia” para un mejor funcionamiento del tribunal.
Rodríguez Padrón señaló, además, que el acuerdo de la Audiencia Nacional puede ser impugnado por las partes o por los magistrados afectados ante el Consejo General del Poder Judicial. En caso de que el órgano de gobierno de los jueces avale la decisión, los afectados pueden acudir a la Sala Tercera (Contencioso Administrativo) del Tribunal Supremo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.