Interior prohíbe a los antidisturbios usar las redes sociales en el trabajo
Una orden interna de la Jefatura de la Unidad de Intervención Policial (UIP) amenaza con corregir "disciplinaria o penalmente" la difusión por estos canales de "informaciones sobre dispositivos, actuaciones y servicios prestados"
La Dirección General de Policía ha remitido en los últimos días a todos los integrantes de las Unidades de Intervención Policial (UIP, los conocidos como antidisturbios) una circular en la que les prohíbe difundir a través de sus perfiles particulares en las redes sociales "informaciones sobre dispositivos, actuaciones y servicios prestados". La nota, firmada por la Jefatura de la UIP, advierte que de incumplirse dicha orden, el agente puede "ser corregido disciplinariamente si procede o penalmente en caso de constituir delito". No es la primera que desde el Ministerio del Interior se hace una advertencia en este sentido. En enero de 2015, el entonces número 2 de la Policía, el hoy jubilado comisario Eugenio Pino, dio órdenes por escrito a todos los mandos para que "se impartan las instrucciones oportunas a los funcionarios bajo su dependencia" para que dejasen de utilizar sus cuentas personales en las redes sociales para informar de actuaciones policiales en marcha. El motivo fue la publicación en diversos medios de comunicación de fotos que los agentes habían difundido en Internet.
En esta ocasión, la instrucción va dirigida en exclusiva a los antidisturbios. En una circular de un sólo folio de extensión y repartida el pasado 10 de abril, los responsables de la UIP reiteran la prohibición de difundir "contenidos de trabajos" a través de redes sociales, entre las que citan expresamente Facebook, Twitter, Instagran, WhatsApp y Telegram. Se refiere, en concreto, a "información que ataña a movimientos de estas unidades" y la referida a "comparecencias, minutas, notas informativas etc" que se les hayan transmitido. "Los motivos de esta prohibición son, por un lado razones de seguridad, y por otro las consecuencias que fruto [de] ello pudieran derivarse contra la eficacia policial propiamente dicha", destaca el escrito al que ha tenido acceso EL PAÍS. En caso de no cumplirse "estas pautas", el escrito advierte de consecuencias disciplinarias y penales contra quienes lo hagan.
Esta orden se suma a la que en enero de 2015 ya remitió la Policía a todos sus agentes. Aquella se produjo después de que fotos de algunos sucesos que solo podía haber sido tomadas por agentes, como las del atraco a un banco de Vigo en el que falleció una policía, aparecieran casi de modo inmediato en periódicos digitales. De hecho, aquel documento interno especificaba que la medida para prohibir el uso de las redes sociales se producía tras detectarse que "con relativa frecuencia parecen publicados en los medios de comunicación social informaciones o imágenes relacionadas con la actividad operativa". Interior detallaba que éstas imágenes eran fotografías "y, a veces, vídeos" y que claramente provenían "de funcionarios policiales que las hacen circular a través de las redes sociales y terminan publicadas en dichos medios de comunicación social".
Interior ya consideraba entonces que la difusión de estas noticias podían "afectar a servicios en ejecución o a la investigación de casos y operaciones abiertas o a la propia seguridad de los policías encargados de su materialización", lo que consideraba perjudicial "al principio de rigor técnico y profesionalidad que debe presidir la actuación policial". La nota, como la comunicada recientemente a los antidisturbios, también amenazaba con "sanciones disciplinarias e, incluso, condenas penales a los infractores" al vulnerar "el secreto profesional" recogido en la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El texto terminaba recordando que los únicos agentes "legitimados" para tomar fotografías y vídeos eran los integrantes de la Policía Científica, los de "grupos especializados" sin especificar cuáles, y aquellos que trabajan en los gabinetes de prensa de la Policía.
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