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Ataque en Navarra

La Audiencia de Navarra no ve terrorismo en el ataque de Alsasua y reclama la causa

El Supremo deberá dirimir si la Audiencia Nacional juzga finalmente la agresión

Fernando J. Pérez
Los presuntos agresores de Alsasua en noviembre de 2016
Los presuntos agresores de Alsasua en noviembre de 2016Kike Para

La Audiencia Provincial de Navarra considera que la agresión sufrida por dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua el 15 de octubre de 2016 a manos de un grupo de jóvenes próximos a la izquierda abertzale no encaja en el delito de terrorismo y ordenó este viernes a la juez de Pamplona que investigó inicialmente el caso que reclame la competencia sobre la causa en detrimento de la Audiencia Nacional. Deberá ser el Tribunal Supremo el que dirima si los hechos pueden ser considerados terrorismo y en qué sede judicial se investigan y se juzgan.

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El 15 de octubre de 2016, sobre las cinco de la mañana, un sargento y un teniente del cuartel de la Guardia Civil de Alsasua, que se encontraban tomando una copa de paisano con sus parejas en el bar Koxka de esa localidad, uno de los bastiones de la izquierda abertzale en Navarra, fueron insultados y agredidos brutalmente por un grupo de jóvenes. Parte de los atacantes pertenecen al movimiento Ospa! (¡Largo!, en euskera), que busca expulsar de Euskadi y Navarra a los miembros del Ejército y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, una de las exigencias históricas de la banda terrorista ETA, ahora en fase de liquidación.

Los agentes sufrieron lesiones como consecuencia del ataque, que incluyó patadas y golpes cuando estaban en el suelo. El teniente pasó dos días en el hospital, donde fue operado de una fractura en el tobillo y atendido por magulladuras en el rostro.

La investigación recayó inicialmente en la titular del Juzgado de Instrucción 3 de Pamplona, que estaba de guardia aquella noche. Sin embargo, una denuncia del Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) hizo que la Audiencia Nacional reclamara la causa. La juez Carmen Lamela, titular del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional, abrió una investigación por terrorismo, que hasta ahora se ha saldado con ocho de los supuestos agresores procesados. Tres de ellos —Jokin Unamuno, Adur Ramírez de Alda y Oihan Arnanz, supuestos líderes del ataque— permanecen en prisión desde el pasado 15 de noviembre.

La defensa de los supuestos agresores recurrió la decisión de la juez de Pamplona, que había iniciado la investigación por delitos de odio y lesiones, de ceder la competencia sobre la causa a la Audiencia Nacional. Primero recurrieron ante la propia magistrada, que confirmó su decisión de entregar la causa a los juzgados centrales para que se investigara por terrorismo. Ante la negativa de esta magistrada, los abogados acudieron en apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra, que les ha dado la razón.

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La Sección Primera de la Audiencia navarra considera que la causa debe juzgarse en la comunidad foral y no en la Audiencia Nacional, al entender que no se trata de un delito de terrorismo. Este tribunal advierte que para que exista terrorismo tienen que darse dos requisitos: la presencia de un “delito grave”, que considerado aisladamente tenga una condena superior a cinco años de cárcel, y que además busque “subvertir, desestabilizar gravemente, alterar gravemente, provocar un estado de terror”.

Agresión “casual”

Los magistrados navarros no ven ninguna de las dos condiciones. “No estamos en presencia de un delito grave (...) no consta que nos encontremos respecto del resultado lesivo causado ante penas superiores a los cinco años”, afirma el tribunal.

Respecto a la motivación del ataque, considera que este fue “casual” y que no hay indicios de que buscara “subvertir el orden constitucional o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas” o “provocar un estado de terror en la población o una parte de ella”, como sí entiende la Audiencia Nacional.

Por ello, el tribunal ordena a la juez de Pamplona que inicialmente llevó el caso que plantee un conflicto de competencias ante el Tribunal Supremo. El alto tribunal deberá dirimir en qué sede se juzgan estos hechos, para lo que tendrá que pronunciarse sobre si lo ocurrido encaja en el tipo penal de terrorismo.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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