Cárcel para un capitán que acopió información secreta de las tropas internacionales en Afganistán
Un mando denunció que el militar español grabó operaciones de tropas de EE UU, España e Italia
El Tribunal Supremo ha condenado a 18 meses de cárcel a un capitán de Infantería del Ejército español que se apoderó de información “reservada y confidencial” sobre los movimientos de las tropas “italianas, americanas y españolas” en Afganistán. La condena al capitán Óscar Varela Boira, jefe de analistas del Cuartel General de la región Oeste de Afganistán, en Herat, ha sido por delitos de “revelación de secretos e información relativa a la seguridad y defensa nacional”.

Fueron los mandos de las fuerzas italianas presentes en la zona las que alertaron a sus colegas españoles de que el capitán Varela había conseguido ilícitamente, sin estar autorizado, información reservada y confidencial extraída de la oficina de seguridad de las tropas de la OTAN en Afganistán. El capitán siempre ha mantenido silencio sobre los hechos, por lo que no ha quedado claro para que quería esa información. Los hechos sucedieron en 2014.
El capitán Varela no ha explicado a los tribunales para qué quería la información sensible que guardaba en papeles y soportes informáticos
Según el tribunal, el 24 de abril de ese año, el general de brigada de artillería Fernando García, entonces coronel del Ejército español desplazado en comisión de servicio en Herat (Afganistán), en el marco de la operación internacional encaminada a la reconstrucción del país afgano, fue informado por el general italiano Angelo Di Lungo de la anómala conducta del capitán Varela. Le comentó que el oficial español había estado días antes pidiendo información confidencial a un subteniente italiano que prestaba servicio en el denominado TASO (Terminal Security Office, sección de inteligencia). Y que pretendía grabar esa información militar en varios cedés.
El subteniente no accedió a su petición porque entendió que la información que buscaba Varela “excedía de lo normal”. Lo comunicó a sus superiores y estos denegaron la petición y, a la vez, ordenaron “bloquear preventivamente” el acceso del capitán “a la cuenta ISAF SECRET”. El capitán español volvió a reiterar su petición de información 24 horas después. Alegó que “había dividido el material en clasificado y no clasificado, y reducido el número de archivos solicitados”. Sin embargo, los responsables del TASO, según destaca el Tribunal Supremo, comprobaron “que el número de archivos solicitados era prácticamente el mismo" y gran parte de ellos de carácter secreto.
El asunto fue elevado al “comandante del mando de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa” de España, quien ordenó abrir un expediente al capital Varela “como presunto autor de una falta grave de la Ley Disciplinaria de las Fuerzas Armadas (...), por incumplir las normas de obligada reserva sobre asuntos de servicio, sin causar perjuicio grave a la seguridad militar”. Y se designó a un instructor para que investigase los hechos. Este, el 26 de marzo de 2015, ordenó practicar un registro en las dependencias en las que se alojaba el capitán. Y halló “abundante documentación impresa y en otros soportes [informáticos] clasificada como NATO SECRET, ISFA SECRET y NATO RESTRICTED”, destaca el Supremo. Y añade: “Esta información podía afectar a la seguridad de las operaciones y de las tropas desplegadas en la zona de operaciones, que en ese momento estaba, mayoritariamente, ocupada por americanos, españoles e italianos”.
"La información podía afectar a la seguridad de las operaciones y de las tropas" internacionales desplegadas en la región, señala el Supremo
El capitán fue condenado inicialmente por un tribunal central militar a 18 meses de prisión. Su abogado recurrió la condena ante el Tribunal Supremo alegando que los hechos habían sido valorados incorrectamente en el juicio y que la información acopiada no afectaba a la seguridad nacional. La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Benito Gálvez, rechaza tales argumentos, confirma la pena y esgrime un informe pericial que establece que los archivos requisados contenían “información sensible que sí podía afectar a la seguridad de las operaciones de las tropas".
El Supremo reitera que el capitán español no estaba facultado para acceder a esta información "confidencial y secreta" y que el mero hecho de que tales documentos estén en manos no autorizadas afecta “los intereses de España y a la Seguridad o Defensa Nacional”. Señalan los jueces que el capitán, en todas las fases del proceso, ha optado por “el silencio”, es decir, por no explicar para que quería esa información, y matizan que la sentencia no se ha sustentado en tal silencio, sino en informes periciales y testimonios de otros militares existentes en la causa.
Investigación@elpais.es
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