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El Constitucional desestima el recurso del PSOE contra la reforma del Poder Judicial

El cambio en la normativa estableció un nuevo diseño del órgano de gobierno de los jueces

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.Claudio Álvarez
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El Tribunal Constitucional ha fallado en contra del recurso presentado por el PSOE contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2013, por la que se estableció un nuevo diseño del órgano de gobierno de los jueces: el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

La sentencia, aprobada por unanimidad y que aún no ha sido notificada, fija un fallo interpretativo, lo que significa que, si bien la norma recurrida queda avalada, su aplicación deberá adaptarse a los criterios del dictamen de este tribunal.

El recurso de inconstitucionalidad que presentó el PSOE contra la reforma del Consejo General del Poder Judicial reprochaba que permitiese el nombramiento de sus vocales por tan solo tres quintos de una sola Cámara, que sus miembros puedan ejercer otras funciones y la creación de la figura del vicepresidente.

El PSOE se negaba a que los tres quintos de Congreso o Senado puedan bastar para la renovación del CGPJ sin que se requiera la aprobación de ambas Cámaras que integran el Parlamento.

El recurso tampoco aceptaba que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial recurrida permita la actividad jurisdiccional o profesional para 15 de los 20 miembros del Consejo, exceptuando a los cinco que están en la Diputación Permanente.

En cuanto al vicepresidente del Tribunal Supremo, el recurso no acepta que, si bien no forma parte del CGPJ, se le atribuya la posibilidad de sustituir al presidente del Consejo en sus funciones.

El ponente de la sentencia del máximo tribunal, el magistrado Fernando Valdés Re, no aprecia obstáculo constitucional para ninguna de estas previsiones.

Según su criterio, respaldado por la totalidad de los magistrados del alto tribunal, la norma fundamental ampara la libertad del legislador para el diseño del órgano de gobierno de los jueces.

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