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los límites de la libertad de expresión

Absuelto un exmilitar gallego que vendía ropa y bolsos con emblemas del ISIS

La Audiencia Nacional cree que Octavio Miguel Cadelo no enalteció el terrorismo

Fernando J. Pérez
Militares españoles en Afganistán, en una imagen de archivo.
Militares españoles en Afganistán, en una imagen de archivo.CLAUDIO ÁLVAREZ

La Audiencia Nacional ha absuelto de un delito de enaltecimiento del terrorismo a Octavio Miguel Cadelo Tojeiro, el exmilitar detenido en agosto de 2015 y que vendía en Internet ropa y bolsos con emblemas de grupos terroristas, como el Estado Islámico o Al Qaeda, que él mismo serigrafiaba en su taller de Narón (A Coruña). Cadelo también realizó diversos comentarios sobre la estrategia de los grupos yihadistas en su perfil de Facebook. La fiscalía solicitaba para él una pena de dos años de prisión.

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“Patriotismo sería, por ejemplo, fusilar a toda la cúpula de Syriza” o “La muerte del califa Baghdadi [líder del ISIS], siendo todavía una necesidad inevitable en los planes para intentar acabar con el califato, no es necesariamente negativa”, fueron algunos de los comentarios vertidos por Cadelo en la red social. La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia ha absuelto al exmilitar al entender estas opiniones “no incitan a la violencia, resistencia armada o a la insurrección” ni suponen “exaltación ni alabanza de acciones terroristas o de sus autores”. Por ello, afirma el tribunal, los escritos del exmilitar “no constituyen una manifestación del discurso del odio”.

El 5 de febrero de 2015, momentos antes de que el Estado Islámico asesinase al cooperante británico Alan Henning, Cadelo mencionaba su intención de hacer camisetas con esta imagen dada la capacidad de impacto de la misma. De hecho llegó a tener preparadas planchas para imprimir camisetas y bolsos con la imagen previa a la decapitación, que no llegó a vender. En el juicio, Cadelo afirmó que la finalidad de plasmar esas imágenes era de “denuncia” y para que los terroristas "se den cuenta de toda esta mierda”.

El día 4 de agosto de 2014, según recoge la sentencia, Cadelo había puesto como su imagen de perfil de Facebook una gaita cruzada con un sable árabe y debajo un libro abierto con las páginas en blanco. Encima de esta imagen escribió “Califato de Xuvia” y debajo “Dios padre derríbalo todo, muerte al Estado, fuera con la constitución impía, malditos sean los incrédulos. Lealtad al Califato”. El exmilitar dijo en el juicio que insertó esta imagen “en plan de coña”. El tribunal concuerda con el “indudable carácter humorístico” de esta actuación de Cadelo.

El tribunal afirma que la conducta de Cadelo siendo “éticamente reprobable” no es “punible jurídicamente”. Y recuerda que el único interés que tiene Cadelo “es el ánimo de lucro” y que este “no se identifica con el ideario de ninguna organización terrorista, más bien al contrario”. Sobre las “provocadoras” imágenes, el tribunal opina que en ningún momento se alaban o justifican acciones terroristas o a sus autores. Incluso en algún momento de la declaración Cadelo se llegó a declarar “sionista”.

La sentencia cuenta con un voto particular, de la presidenta de la sección, Concepción Espejel. Esta magistrada considera que Cadelo propagó las imágenes a través de Internet pese a ser “plenamente consciente” de “su idoneidad para propagar y difundir acciones terroristas y de las organizaciones que las llevan a cabo y para humillar a las víctimas de dichas acciones”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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