Cronología del caso Otegi
13 de octubre de 2009
Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto y Miren Zabaleta fueron detenidos ese día por orden del juez Baltasar Garzón y acusados de intentar reorganizar Herri Batasuna bajo las órdenes de ETA. El denominado a partir de ese momento caso Bateragune, toma el nombre de la denominación que había elegido los independentistas para refundar su organización (Batera gune significa lugar de encuentro).
27 de junio de 2011
Se inicia en la Audiencia Nacional el juicio por el llamado caso Bateragune. Otegi, que responde también a las preguntas del ministerio público, explica que el atentado de la T4 de Barajas, en el que murieron dos inmigrantes ecuatorianos, fue un punto de inflexión y llevó a la creación de un grupo de opinión interno para "hacer una enmienda de totalidad a las estrategia" de la violencia.
16 de setiembre de 2011
La Audiencia Nacional condena a los cinco enjuiciados. El tribunal presidido por Ángela Murillo condenó a Arnaldo Otegi y Rafa Díez a diez años de cárcel por "pertenencia a organización terrorista en grado de dirigente". Además, la pena lleva impuesta una "inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 10 años" y "la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo (derecho a ser candidato) durante el tiempo de la condena. Dado que todos ellos fueron detenidos y encarcelados de manera preventiva en 2009, la condena se extendía hasta 2019.
A Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Miren Zabaleta les impusieron ocho años de cárcel por "pertenencia". Txelui Moreno, Mañel Serra y Amaia Esnal fueron absueltos.
9 de mayo de 2012
El Tribunal Supremo respondió al recurso de los abogados de los cinco condenados validando parcialmente la decisión de la Audiencia Nacional, pero con una rebaja de las condenas a entre seis y seis años y medio de prisión. Respecto a la inhabilitación fija la "acordada por la Audiencia por el tiempo de las respectivas condenas".
Junio de 2012
La defensa de Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Miren Zabaleta recurrieron en amparo ante el Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo. A la vista de las discrepancias y de los argumentos jurídicos, la defensa recurrió la suspensión de la ejecución de la condena, pero no hizo referencia a las inhabilitaciones.
15 de enero de 2013
Providencia de la Audiencia Nacional ratificando la inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial de los condenados para el empleo o cargo público por seis años y seis meses "de conformidad con el Supremo" y cuya resolución tampoco fue recurrida. Ese día se establece que Otegi comenzaría a computar los seis años y seis meses a partir del día 4 de septiembre de 2014, porque hasta ese día estaba inhabilitado por otro asunto.
9 de mayo de 2013
El Constitucional tardó prácticamente un año en admitir a trámite el recurso de amparo.
4 de junio de 2013
El Constitucional decidió mantener en prisión a Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Miren Zabaleta, mientras entraba en el fondo del recurso de amparo. Sustentó su negativa a suspender las condenas en el hecho de que estas eran superiores a cinco años y en que las penas privativas de libertad tenían una naturaleza extremadamente grave como "la pertenencia a organización terrorista". De esta manera, rechazó la suspensión de la condena que pedían los presos.
5 de mayo de 2014
El Tribunal Constitucional insiste en mantener en la cárcel a Arnaldo Otegi, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto, pese a que su defensa solicitó al Constitucional que estudiara si debía mantenerles en prisión, en vista de que ya habían cumplido las tres cuartas partes de la condena impuesta.
22 de julio de 2014
Finalmente, el Pleno del Constitucional resuelve el recurso de amparo y lo desestima. Con ello agotó las posibilidades de más recursos. Los cinco de Bateragune deberían cumplir la condena íntegra.
23 de noviembre de 2015
La fiscalía pide una aclaración sobre la duración de las inhabilitaciones a Arnaldo Otegi y el resto de los condenados en al caso Bateragune y el juzgado de Instrucción número cinco ratifica los criterios dictados en la resolución de enero de 2013 que actualiza de diez a seis años y medio las inhabilitaciones, en línea con la reducción de penas que establece la sentencia del Supremo.
4 de diciembre de 2015
La defensa de Otegi recurre esa decisión y pide la inaplicabilidad de las inhabilitaciones.
18 de enero de 2016
La Audiencia Nacional desestima el recurso de súplica contra la providencia de noviembre de 2015, en la que ratifica las inhabilitaciones.
1 de marzo de 2016
Arnaldo Otegi salió de la prisión de Logroño después de cumplir la pena de cárcel impuesta por los tribunales. Según la sentencia validada por el Tribunal Supremo, Otegi tiene todavía pendiente dos inhabilitaciones para ser elegido para cargo público.
12 de agosto de 2016
La Fiscalía de la Audiencia Nacional remite a la Fiscalía del País Vasco y a la Junta Electoral del País Vasco, como es preceptivo, el informe con las inhabilitaciones que podrían afectar a los elegibles en las elecciones autonómicas vasca del 25 de septiembre, para que, a la hora de proclamar las candidaturas de los partidos, la coteje y tome las decisiones que considere oportuno. En ese informe figura Otegi como "inelegible".
16 de agosto de 2016
La Junta Electoral del Territorio Histórico de Gipuzkoa, provincia en la que Arnaldo Otegi presentará la candidatura confirma que ya tiene en sus manos las sentencias y el informe de la fiscalía que hacen referencia a Otegi. Tomará la decisión sobre Otegi a partir de las 24 horas del día 22 de agosto, fecha límite para presentar las candidaturas.
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