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Estrasburgo decide si el juicio por el que Otegi está en prisión fue legal

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos revisa este jueves la sentencia del llamado ‘caso Bateragune’

Fernando J. Pérez

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) decidirá este jueves si el dirigente de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi vio vulnerado su derecho fundamental a un juicio con todas las garantías cuando fue condenado por la Audiencia Nacional como integrante de ETA en el llamado caso Bateragune, sobre el intento de sustituir a la cúpula de la ilegalizada Batasuna. En caso de que el tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) dé la razón a Otegi en su recurso y condene a España por vulnerar sus derechos, supondrá, con casi total probabilidad, la excarcelación inmediata del líder abertzale, cuya condena a seis años y medio de prisión acaba la próxima primavera.

La defensa de Otegi y de otros tres condenados por el caso Bateragune —Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto y Miren Zabaleta— acudió al tribunal de garantías europeo después de que el Tribunal Constitucional español rechazara, en julio de 2014 y por siete votos a cinco, un recurso de amparo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que los condenó por pertenencia a la banda terrorista. La abogada de Otegi, Jone Goirizelaia, denunciaba que el fallo de la Audiencia, de septiembre de 2011 y ratificado parcialmente por el Tribunal Supremo en mayo de 2012, vulneraba el derecho a un proceso con todas las garantías.

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La defensa del líder abertzale aducía cuatro motivos para que se revocara la sentencia de la Audiencia, todos ellos rechazados por un Constitucional fuertemente dividido. El primero era la vulneración del principio acusatorio: según ellos, los hechos por los que habían sido acusados —la pertenencia a la estructura Bateragune, organismo de dirección política de la izquierda independentista vasca dependiente de ETA— no se corresponden con los hechos por los que fueron finalmente condenados. En el fallo de la Audiencia se reconocía que no había pruebas de que los acusados pertenecieran a Bateragune, sino a otro organismo paralelo también a las órdenes de la banda terrorista. Esta circunstancia, para el Constitucional “no es un elemento esencial ni relevante” para el ejercicio de defensa.

El segundo motivo fue la supuesta parcialidad del tribunal que juzgó el caso Bateragune —la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia— y en especial de su presidenta, Ángela Murillo. Esta magistrada, en un juicio anterior contra Otegi por enaltecimiento del terrorismo preguntó al líder abertzale si condenaba el terrorismo de ETA. Al negarse este a contestar, la juez Murillo replicó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar a esta pregunta”. Esta salida de tono de la magistrada provocó que el Supremo obligara a repetir ese juicio contra Otegi. El sector mayoritario del Constitucional decidió que este hecho no suponía una sombra de parcialidad de Murillo sobre Otegi a la hora de juzgarle por hechos y tipos penales distintos, como la integración en organización terrorista.

La tercera vulneración tiene que ver con el principio de presunción de inocencia. El fallo de la Audiencia Nacional no se basó en pruebas sino en el análisis de una serie de indicios que supuestamente demuestran la pertenencia a ETA de Otegi y sus compañeros. Estos indicios eran la identidad entre la terminología usada por ETA y la izquierda abertzale; las reuniones del grupo en la sede del sindicato LAB; los viajes de Otegi a Francia, cuando tenía prohibido salir de España, para encontrarse con miembros de Batasuna, legal en aquel país; la no condena del terrorismo de ETA y una serie de documentos de la banda. La defensa de Otegi cree que estos indicios, pese a ser todos ellos ciertos, “no son unívocos ni concluyentes, ni siquiera valorados conjuntamente” para atribuir una integración en ETA.

Finalmente, el recurso de Otegi refiere la vulneración del derecho de defensa porque la Audiencia Nacional no admitió que testificaran en el juicio una serie de periodistas y políticos vascos para acreditar la desvinculación de los acusados con ETA.

En aquella vista oral por la que acabó condenado a penas de prisión, la defensa de Otegi adujo que los acusados formaban una especie de grupo de opinión autónomo que tenía como objetivo preparar el debate para el fin de la violencia de ETA y la entrada en una fase de negociación política. En el juicio, la abogada Goirizelaia invocó los llamados “principios George Mitchell”, del senador norteamericano que participó en el proceso de paz de Irlanda del Norte, y que imponen medios exclusivamente pacíficos y democráticos para resolver conflictos, el desarme completo y verificable de los grupos paramilitares y la renuncia al uso de la fuerza para influir en las negociaciones. Tanto la Audiencia Nacional como después el Supremo le dijeron a Otegi que “lo más lógico habría sido que utilizara su relevante proyección mediática para condenar la violencia armada” de ETA.

Se trata de la segunda vez que Otegi recurre al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En marzo de 2011, la corte de Estrasburgo condenó a España por violar el derecho a la libertad de expresión del dirigente de Batasuna, después de que el Tribunal Supremo lo condenara a un año de prisión por haber llamado al Rey, "jefe de los torturadores". España tuvo indemnizar a Otegi con 20.000 euros por daños morales y con 3.000 de costas.

Movilización por la libertad del líder abertzale

La salida de prisión de Arnaldo Otegi ha sido una reclamación constante en los ambientes políticos del País Vasco y Navarra casi desde el mismo día de su detención en octubre de 2009 por el caso Bateragune. El pasado 17 de octubre, cargos destacados de Podemos de Euskadi se manifestaron en San Sebastián junto a los dirigentes de EH Bildu para pedir la excarcelación del líder abertzale, a quien se considera uno de los artífices principales del cese definitivo de la violencia de ETA y que sigue preso por aquella causa junto con el ex dirigente del sindicato LAB Rafael Díez Usabiaga. Aquella movilización estuvo encabezada por otros tres condenados por misma esta causa, Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez, en libertad desde principios del mes pasado.

En octubre de 2014, la secretaria general del PSE, Idoia Mendia, reconocía que "resulta difícil de comprender para la sociedad vasca" la permanencia en prisión del dirigente de la izquierda abertzale y el hecho de que "no hayan prosperado" los recursos judiciales interpuestos.

En mayo de ese año, después de que el Tribunal Constitucional desestimara el recurso de amparo de Otegi, el portavoz del Gobierno vasco y consejero de Justicia, Josu Erkoreka, aseguró que el Constitucional “tenía en su jurisprudencia razones para tomar otro tipo de decisión” pero ha “preferido” mantener al dirigente de la izquierda abertzale en la cárcel.

El Ejecutivo vasco creía entonces que sería “bueno” que el alto tribunal “activara” las previsiones legales que le permiten excarcelar a Otegi, que ha cumplido tres cuartas partes de su condena. Un paso que considera que debiera producirse "lo antes posible".

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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