El Supremo entierra la causa abierta a China por el genocidio del Tíbet
El tribunal también archiva la otra causa que investigaba a China
El pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo enterró este miércoles definitivamente y por unanimidad las investigaciones judiciales abiertas en la Audiencia Nacional sobre el genocidio del Tíbet y la persecución al grupo religioso Falun Gong por parte de las autoridades chinas.
El proceso judicial iniciado en 2006 por el genocidio del Tíbet desembocó en la orden de busca y captura dictada por el juez Ismael Moreno en febrero de 2014 contra el expresidente Jiang Zemin y el ex primer ministro Li Peng, entre otros, por los delitos de genocidio, tortura y lesa humanidad.
La causa arrancó con una denuncia del director de la Fundación Casa del Tíbet de Barcelona, Thubten Wangchen, que relató en la Audiencia Nacional el horror sufrido por miles de personas y la persecución étnica de las autoridades chinas a los habitantes del Tíbet. El Comité de Apoyo al Tíbet y un lama tibetano de nacionalidad española presentaron en 2008 una querella donde se acusaba a los gobernantes chinos de “estar al corriente de torturas, ejecuciones extrajudiciales y arrestos arbitrarios a ciudadanos tibetanos y de someter a este pueblo a políticas de planificación familiar forzosas que incluían la práctica extendida de abortos y esterilizaciones”.
El juez investigó los hechos durante ocho años y acabó dictando la orden de busca y captura contra los principales dirigentes chinos durante la etapa que se detallaba en la querella. Pero solo unos meses después de aquella orden, la Audiencia Nacional archivó la causa en aplicación de la reforma de la ley de justicia universal que el Gobierno del PP aprobó de urgencia unos meses antes.
El Ejecutivo chino, que amenazó con adoptar represalias económicas contra España ante la orden de busca y captura contra sus exdirigentes, mostró públicamente su agradecimiento al Gobierno del PP cuando conoció la reforma legislativa y el posterior archivo de la causa.
El juez Fernando Andreu, instructor de alguna de las causas de justicia universal abiertas en la Audiencia, estalló: “Es desmoralizador que se trate a la justicia como un producto comercial, la usan como moneda de cambio de intereses económicos”. Otros jueces instructores de la Audiencia Nacional también criticaron la reforma del Gobierno, que limitaba mucho su capacidad de actuación en causas que investigaban desde hace años.
El Ejecutivo chino mostró su agradecimiento al Gobierno del PP cuando conoció la reforma legislativa y el archivo de la causa
Algunos jueces de la Audiencia Nacional interpretaron que, pese a estas limitaciones, España estaba obligada por diversos tratados internacionales a perseguir judicialmente crímenes de guerra, y se negaron a archivar las causas abiertas, como pedía la Fiscalía en aplicación de la reforma.
Estos mismos jueces instructores interpretaron que la nueva norma impedía el enjuiciamiento por España de personas detenidas en barcos cargados de droga en aguas internacionales. Esa interpretación llevó a los jueces a dictar la excarcelación de más de 50 narcotraficantes apresados en barcos con bandera extranjera que navegaban en aguas internacionales. El Supremo anuló estas excarcelaciones tras admitir un recurso de la Fiscalía y censurar, por errónea, la interpretación que habían hecho los jueces instructores con relación a la capacidad de los tribunales españoles para actuar contra los narcobarcos.
El cambio legislativo que promovió el PP en el Congreso, tramitado de urgencia y sin apenas debate, condicionaba la competencia de los tribunales para instruir causas relativas a delitos cometidos en el extranjero a cumplir tres requisitos: que los acusados fueran españoles, residieran habitualmente en España o fueran extranjeros cuya extradición hubiera sido denegada por España.
En el caso del genocidio del Tíbet y de la persecución al grupo religioso Falun Gong, no se cumplía ninguno de los requisitos de la nueva Ley, que además obligaba a archivar automáticamente los procedimientos abiertos donde no se dieran las condiciones de la reforma.
El limbo para el caso de Carmelo Soria y de la flotilla de Gaza
Asesinato del diplomático español Carmelo Soria. El Supremo devuelve a la Audiencia, sin resolver si puede seguir la instrucción, el caso del asesinato del diplomático español Carmelo Soria a manos de siete militares de la policía secreta de Pinochet. En Chile también hay un procedimiento judicial abierto por este caso. La causa viene de 2012, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz procesó a siete exagentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) de Chile, la policía secreta de Augusto Pinochet por el secuestro y asesinato de Soria, en 1976. Tras la reforma con carácter de urgencia de la ley que regula la jurisdicción universal, Ruz dictó un auto en el que acordaba continuar con el procedimiento.
Flotilla de Gaza: nueve turcos muertos. El juez Pablo Ruz abrió en julio de 2010 una causa por la muerte de nueve activistas turcos en aguas internacionales a manos de soldados israelíes cuando se dirigían a Gaza a bordo del barco Mavi Marmara. Cuando se aprobó la nueva ley de justicia universal, Ruz decidió seguir con el caso y elevar, en julio de 2014, una exposición razonada al Supremo. Este tribunal ha decidido no valorar si la causa puede seguir abierta porque cree que Ruz no argumenta en su exposición razonada si concurren o no los requisitos fijados por la nueva ley de justicia universal. Turquía e Israel tienen abiertos procedimientos por este caso.
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