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340.000 euros para la familia de un fallecido en el accidente de Spanair

Un juzgado otorga más del doble de lo ofrecido por Mapfre, la aseguradora de la aerolínea

Alejandra Torres Reyes
Un homenaje de las víctimas del accidente en 2013.
Un homenaje de las víctimas del accidente en 2013.KIKE PARRA

Un juzgado de Barcelona ha ordenado indemnizar con casi 340.000 euros —168.990 más los intereses— a tres familiares de un pasajero fallecido en el accidente de Spanair en 2008, en el que murieron 154 personas. Más del doble de lo ofrecido por Mapfre, la aseguradora de la aerolínea, pero lejos de los 2,7 millones que reclamaban los demandantes: los padres y la hermana de un joven de 21 años. Para calcular el monto, el magistrado ha echado mano del baremo que se utiliza en los accidentes de tráfico, en contra de lo que reivindica la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022, pero también de la Ley de Contrato de Seguro para establecer los intereses de seis años y medio.

"Esta sentencia es solo un paso más", ha matizado Francisco Vasques Tenreiro, abogado de la familia, que todavía debe analizar si recurrirá el fallo del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona. "No es lo que pedíamos porque no fue un accidente de tráfico", ha añadido el letrado, "pero deja en evidencia que Mapfre estaba ofreciendo menos de la mitad de lo que el juez considera que debe pagarse y eso puede animar de alguna manera al resto de afectados".

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El propio magistrado destaca en los fundamentos jurídicos de la sentencia, que ha sido notificada este viernes, que aún no se ha creado una normativa "que sirva de guía para cuantificar los daños en los accidentes aeronáuticos". Ha aclarado, por ello, que los valores del baremo de tráfico son orientativos, "ya que existen diferencias significativas entre los accidentes automovilísticos y los aeronáuticos".

La sentencia recoge que el accidente no fue un hecho "ni imprevisible ni inevitable para la compañía aérea, ya que se trata de un evento bajo su control, al tratarse de una negligencia de sus dependientes". El magistrado menciona, por ejemplo, "omisiones dentro del ámbito de actuación de los pilotos". Señala, asimismo, que la demandada no probó que el daño no se debiera a la negligencia de Spanair o a la de sus empleados. Se trata de la primera sentencia que, por la vía mercantil, indemniza a los familiares de un pasajero, según destaca el abogado. Un juzgado de Málaga ya había ordenado, el pasado octubre, el pago de 54.000 euros a los familiares de una azafata.

Fuentes de Mapfre han destacado este viernes que el juez les ha dado la razón porque la empresa también había tomado en cuenta el baremo de tráfico "como orientación" y le había sumado el 20%. Los abogados ahora estudian el pago de los intereses que ha establecido el magistrado. Su última oferta fue de 150.000 euros, "casi el mismo monto que ha fijado el juez". La empresa ya ha cerrado acuerdos extrajudiciales con la mayoría de los afectados: un total de 24 millones de euros a los familiares de más de 95 víctimas.

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Un avión de Spanair —el vuelo JK5022— se estrelló en el aeropuerto de Barajas el 20 de agosto de 2008 y, seis años después del accidente y tras el cierre de la causa penal, todavía existían 20 procedimientos abiertos. La aseguradora mantiene consignados 11 millones de euros para los perjudicados que aún no han cobrado su indemnización.

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Sobre la firma

Alejandra Torres Reyes
Redactora de la Mesa Digital de EL PAÍS. También ha trabajado en la sección de España y en la Edición de América. Antes fue reportera en el diario ‘El Universo’ y en Radio City, en Ecuador. Es licenciada en Comunicación Audiovisual por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil y máster en Periodismo de EL PAÍS.

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