Visitas de riesgo para los menores
El derecho de los padres a ver a sus hijos no puede prevalecer sobre su protección
La ONU condenó a España el pasado verano por no proteger a una niña de siete años que fue asesinada por su padre pese a las reiteradas denuncias de la madre, que se había separado del homicida tras sufrir años de malos tratos. Ocurrió en Arroyomolinos (Madrid) en 2003, justo un año antes de que entrara en vigor la Ley Integral contra la Violencia de Género. Desde entonces se ha avanzado mucho en la protección de las mujeres víctimas de maltrato, como reconocía el dictamen de la ONU, pero no tanto en la de los hijos. Sucesos como el que acaba de ocurrir en Asturias prueban que la seguridad de los menores, 10 años después de la aprobación de la ley, sigue siendo una asignatura pendiente.
El anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia reconoce por primera vez a los hijos de las maltratadas como víctimas directas de la violencia machista. Es un paso, desde luego, pero ¿en qué se traduce eso? ¿Qué medidas reales implica en la práctica? El anteproyecto solo recoge una: los jueces estarán obligados a estudiar siempre, y no solo si lo solicita la madre, como ocurre ahora, si deben adoptarse medidas de protección cautelares para los hijos de mujeres maltratadas. Y recomienda que, si se observa riesgo, suspendan las visitas y retiren la custodia al maltratador.
La medida podría ser útil en situaciones como la de las dos niñas de Asturias, cuya madre nunca advirtió el peligro y no se le ocurrió pedir protección para ellas, pero no es suficiente porque elude la cuestión principal, de la que llevan años advirtiendo tanto las asociaciones de mujeres como los expertos en violencia de género: el derecho de los padres maltratadores sigue prevaleciendo en los juzgados sobre el derecho a la protección de los menores. Lo demuestra el hecho de que solo se suspende el régimen de visitas en el 3% de los casos y únicamente se establecen medidas de seguridad para los niños en el 2,2%.
Hace una semana la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, pidió al ministro de Justicia, Rafael Catalá, que establezca protocolos para favorecer la supresión de las visitas y las comunicaciones de los imputados por malos tratos con sus hijos para prevenir así posibles riesgos. Y recomendó que se garantice por ley un examen individualizado del régimen de visita de cada menor afectado por una situación familiar de violencia de género. El PSOE planteó el año pasado algo similar en el Congreso en una proposición no de ley que fue rechazada por el PP, alegando que el Gobierno estaba elaborando normas “más incisivas”, refiriéndose en concreto a la Ley de Protección a la Infancia. Pero no parece que una simple recomendación a los jueces sea más “incisiva” que un protocolo formal.
No se trata de eliminar el derecho de los padres a ver a sus hijos, sino de garantizar que cada caso sea estudiado con profundidad. Mientras persista el estereotipo de que un padre maltratador no tiene por qué ser un mal padre, seguirá prevaleciendo en los juzgados el derecho del adulto sobre el del niño. Más de 800.000 menores se ven expuestos en España al maltrato que padecen sus madres, según una macroencuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas. Medio millón de ellos no solo lo sufren como testigos, sino como víctimas directas. Y alrededor de media docena cada año acaban muertos.
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