La juez de guardia confirma que el arresto de Granados es legal
La defensa del político sostenía que se había sobrepasado el plazo máximo de 72 horas en el que el reo puede estar bajo custodia de las fuerzas de seguridad
La juez de guardia de Majadahonda ha desestimado en la madrugada de este viernes la petición del ex secretario general del PP de Madrid Francisco Granados de decretar la ilegalidad de su detención en el procedimiento de habeas corpus interpuesto por su defensa a última hora del jueves. Granados, que fue arrestado el lunes por la mañana, permaneció en detención policial hasta que el miércoles por la tarde el juez instructor de la Operación Púnica, Eloy Velasco, transformó su arresto en detención judicial antes de que expirara el plazo máximo de 72 horas en la que el reo puede estar bajo custodia de las fuerzas de seguridad.
La defensa del político sostenía que la detención judicial sin que Granados pasara a disposición del juez suponía una prórroga ilegal de la detención policial. La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda, Isabel Serrano, considera conforme a derecho la detención judicial de Granados.
La magistrada recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que el plazo de arresto judicial comienza a contar desde el momento en que el juez Velasco decretó esa medida cautelar, el pasado miércoles, y no desde el momento en que fue interceptado por la Guardia Civil, el lunes a las 9.15 en la calle Claret de Madrid.
El juez de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, había decidido horas antes el traslado del exconsejero de la Comunidad de Madrid a Majadahonda porque los dos principales cerebros de la trama corrupta de la Operación Púnica, Francisco Granados y el constructor David Marjaliza, habían presentado sendos habeas corpus en los juzgados de Majadahonda y Colmenar Viejo, partidos judiciales donde se encuentran las dependencias de la Guardia Civil en las que están detenidos desde el lunes. Poco después de conocerse la decisión de la magistrada de Majadahonda, la juez de Colmenar también desestimó la petición de Marjaliza.
La petición fue formulada por las esposas de los arrestados. Al conocer la solicitud, el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco remitió a los juzgados la resolución por la que el miércoles convirtió la detención policial en detención judicial. Velasco adoptó esta medida como previsión ante la posibilidad de que los interrogatorios se retrasaran más de las 72 horas que las Fuerzas de Seguridad pueden mantener un arresto sin ponerlo a disposición judicial.
El procedimiento de habeas corpus exige la inmediata puesta a disposición judicial de las personas detenidas ilegalmente. Entre las irregularidades en la detención figura, en el artículo 1.c) de la Ley Orgánica que regula el procedimiento de habeas corpus, “el haber permanecido por plazo superior al señalado en las Leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención”.
Los letrados de los dos imputados consideraban que al haber transcurrido más de 72 horas sin declarar ante el juez Velasco, la detención es ilegal y solicitaron la libertad inmediata de ambos, pero las dos jueces han desestimado la petición,
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