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El Poder Judicial exige concretar el examen de nacionalidad a inmigrantes

Las pruebas miden supuestamente el grado de integración del inmigrante en la sociedad

Reyes Rincón
Cajas con expedientes de nacionalidad acumuladas en el Colegio de Registradores, al que Justicia pidió ayuda en 2012 para resolver el atasco.
Cajas con expedientes de nacionalidad acumuladas en el Colegio de Registradores, al que Justicia pidió ayuda en 2012 para resolver el atasco.ÁLVARO GARCÍA

El Consejo General del Poder Judicial va a pedir al Gobierno que concrete las preguntas a las que se someten los inmigrantes en la prueba de conocimientos para adquirir la nacionalidad española por residencia. En el borrador de informe que aprobará previsiblemente el próximo martes el órgano de gobierno de los jueces, el Poder Judicial reclama que el reglamento que está preparando el Gobierno concrete los "elementos esenciales" sobre los que deben versar el cuestionario de lengua y cultura española al que se somete a los inmigrantes. Estas preguntas miden supuestamente el grado de integración del inmigrante en la sociedad y su respuesta resulta a la postre determinante para la obtención de la nacionalidad española por residencia, pero la disparidad de cuestiones que plantean los jueces de los registros civiles, encargados de hacer esta evaluación, provoca numerosas reclamaciones.

Hasta ahora, el inmigrante mantiene una entrevista con el encargado del Registro Civil, que emite un informe y lo remite a la Dirección General de los Registros y del Notariado. El Reglamento del Registro Civil establece que el juez “oirá personalmente al peticionario, especialmente para comprobar el grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles”. Y muchos jueces optan por preguntar por cuestiones como quién es el presidente del Gobierno, el comandante en jefe del Ejército español, dónde nació Bécquer o, incluso, cómo se hace la tortilla española o el gazpacho. 

El proyecto proyecto de real decreto que está preparando el Gobierno para regular el procedimiento de adquisición de nacionalidad española deja en manos del Instituto Cervantes estas pruebas. El informe que debatirá y votará el próximo martes el órgano de gobierno de los jueces, elaborado por la vocal Nuria Díaz Abad, valora psitivamente este cambio, pero recuerda el "elevado grado de conflictividad" que presenta la prueba y pide que el futuro reglamento incorpore una “regulación sustantiva” de los elementos esenciales sobre los que girará el cuestionario, “determinando los elementos que lo integran y su grado de exigencia”. El texto reclama que el real decreto concreté ya estos aspectos y no su regulación no se deje pendiente para una futura orden ministerial.

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Los jueces piden que la norma acote, aunque sea de forma general, los contenidos a los que pueden referirse las preguntas que se formularán al inmigrante ("idioma, conocimiento de las instituciones y de la realidad política y social española, y hechos relevantes para la cultura española, como ha sostenido de forma recurrente el Tribunal Supremo", detalla el texto). El Poder Judicial pide también que se detalle el formato de la prueba (sugiere que sea preferentemente una entrevista personal), los criterios de valoración y el órgano encargado para la misma "no bastando a tal efecto, una referencia general al Instituto Cervantes).

El texto que debatirán los jueces advierte además de que, actualmente, las competencias del Cervantes son fundamentalmente de fomento y promoción de la enseñanza, estudio y uso del español, por lo que resulta "difícil" atribuirle la competencia que le de el borrador de real decreto. Para salvar este escollo, los jueces recomiendan que se cambie la ley reguladora del instituto para incorporar "expresamente" entre sus funciones las evaluaciones a los inmigrantes.

Muchas de las denegaciones actuales de nacionalidad por fallos en las respuestas sobre cultura y lengua española llegan a los tribunales. El Supremo ya ha fijado jurisprudencia que advierte de que el analfabetismo no es razón suficiente para denegar la nacionalidad cuando el inmigrante puede comunicarse en castellano, aunque no sepa escribirlo. Pero los fallos a la hora de contestar las preguntas sobre conocimientos generales que plantea el juez del registro civil siguen creando conflictos.

En diciembre pasado, la Audiencia Nacional denegó la nacionalidad a un discapacitado psíquico por no saber contestar quién era Rajoy o cuál es la capital de Andalucía. “La incapacidad para comunicarse por medios escritos en el idioma español y el desconocimiento de datos elementales del país del que pretende ser nacional y de su sociedad, con la cual el actor acredita escasos vínculos, ponen de manifiesto un insuficiente grado de integración”, concluyó el tribunal. La sentencia contó con el voto discrepante de dos de los cinco jueces del tribunal, que entendían que los parámetros habituales para medir la integración deberían “ajustarse y ponderarse” con la discapacidad que padece este inmigrante. “No puede exigirse a un extranjero que solicite la nacionalidad española un grado de integración superior al estándar medio de integración de un ciudadano español que se encuentre en sus mismas circunstancias”, advirtieron estos magistrados.

El informe elaborado por la vocal Nuria Díaz analiza también otra de las principales novedades introducidas en el proyecto del Gobierno: la supeditación de la concesión de la nacionalidad al hecho de que el solicitante no haya cometido actos "incompatibles con el requisito de la buena conducta cívica". El borrador d ela nueva norma extiende esta exigencia al plazo que media entre el reconocimiento de la nacionalidad y el momento de su inscripción en el Registro. Con este cambio se pretende evitar situaciones que se producen actualmente en las que, en el momento de la inscripción definitiva, se comprueba, por ejemplo, que el interesado está incurso en un procedimiento penal, lo que obliga a declarar lesivo el acto de la concesión de la nacionalidad.

El Poder Judicial secunda esta opción, pero recomienda que se incorpore este requisito de forma explícita al Código Civil. Además, la vocal que ha elaborado el texto sugiere que se faculte al encargado del Registro Civil para recabar los informes pertinentes y que se prevea la paralización de la inscripción hasta que se resuelva sobre los efectos que el incumplimiento de la exigencia de buena conducta debe tener sobre la adquisición de la nacionalidad.

La ponente señala asimismo que en el proyecto de real decreto no queda claro si la utilización de medios electrónicos en la tramitación de la nacionalidad es obligatoria o facultativa para los solicitantes y añade que, si la intención es establecer su carácter obligatorio, debería reconsiderarse la posibilidad de admitir la elección del interesado o, cuando menos, facilitar la utilización de los medios electrónicos de forma que el recurso a los mismos “no se convierta en una carga, incluso económica si precisa de la asistencia de un gestor”.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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