Legalitat e inconstitucionalidad
No es un error, no. La palabra legalidad en catalán es legalitat. El president Artur Mas ha explicado tras su reunión con el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que el referéndum del 9 de noviembre que piensa convocar sobre el derecho a decidir (autodeterminación nacional, independencia, separación) "es legal" y que le hubiera gustado que fuese pactado a la británica, en alusión al referéndum sobre la independencia de Escocia previsto para el 18 de septiembre.
¿Qué quiere decir con que es legal?
¿Acaso que es constitucional?
No. Es evidente que tal como está planteado es inconstitucional.
Lo que está revelando es su plan en todo detalle.
Veamos.
Mas tiene pensado llevar a la aprobación del Parlament la nueva ley catalana de consultas. Esa ley excederá, según la información disponible, el referéndum de autodeterminación del 9 de noviembre de 2014. Regulará más cosas.
Acto seguido a la aprobación de la ley de consultas, Mas firmará el decreto de convocatoria del referéndum del 9 de noviembre.
Desde este punto de vista, la convocatoria es "legal". Hay una ley, y el decreto se basa en la ley.
La legalidad formal está consagrada.
Si como dice, hubiese preferido un pacto a la británica es porque Mas no se engaña sobre la inexistencia de encaje de esta referéndum formalmente legal (conforme a la nueva ley catalana de consultas) en la Constitución Española realmente existente.
Esta hoja de ruta tiene su miga.
Como la aprobación de la nueva ley en el Parlament y la firma del decreto de convocatoria serán sucesivas, sin pérdida de tiempo, el Gobierno tiene que preparar sus movimientos en el tablero de ajedrez.
Sí, porque una vez aprobada la ley y publicada en el DOGC (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya), el Gobierno la recurrirá ante el Tribunal Constitucional pidiendo su suspensión inmediata. Pero atención, el Gobierno no acude de la noche a la mañana al TC. Primero necesita enviar la nueva ley catalana para informe al Consejo de Estado.
Mientras tanto, la ley de consultas ya está vigente.
A todo esto, el decreto de convocatoria del referéndum seguramente ya estará listo. El Gobierno no puede recurrir ese decreto al Tribunal Constitucional. Porque quien resuelve sobre los actos administrativos de la Generalitat es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Por tanto, el recurso debería ser dirigido a dicho órgano.
El Gobierno puede presentar dos recursos. Uno ante el TC y otro ante el TSJC.
O, simplemente, puede matar dos pájaros de un tiro. ¿Cómo? Mediante la petición al Tribunal Constitucional para que se suspenda la nueva ley catalana de consultas y... todos los actos que son consecuencia de la misma. Es decir: el decreto de convocatoria del referéndum del 9 de noviembre de 2014.
Todo esto forma parte del plan de Mas, su concepto de legalitat. O de qué hablamos cuando hablamos de la legalidad del referéndum.
Como el referéndum será anulado constitucionalmente (es decir, por decisión del Tribunal Constitucional), y como además del tema nacional/territorial los escándalos de Jordi Pujol & Familia y su investigación judicial agravarán la crisis de Convergencia i Unió, Mas está abocado a una remodelación gubernamental (con vistas a elecciones constituyentes en 2016), cuyo único desenlace teórico sería una coalición con Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), teórico porque dicho partido considera prioritario la capitalización del terremoto convergente en las elecciones municipales de mayo de 2015. Todo ello en el marco de la conmemoración de la comparecencia de Pujol ante el Parlament, los actos de conmemoración del 300 aniversario de 1714 y la Gran Diada del próximo 11 de Septiembre.
Se empieza a ver el surco del final de la escapada.
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