El juez acumula indicios de delito fiscal del PP en la caja b del extesorero
Pagó obras en la sede central y financió a la formación en La Rioja y Galicia en negro, según la investigación judicial y policial
Un año después de que EL PAÍS publicara la contabilidad b del PP manuscrita por su extesorero Luis Bárcenas, el juez Pablo Ruz acumula numerosos indicios de delito fiscal, no prescrito, en la actuación del partido que hoy gobierna en España.
La investigación sigue viva con tres extesoreros del PP (Ángel Sanchís, Álvaro Lapuerta y Luis Bárcenas) más una decena de grandes empresarios imputados.
La financiación ilegal escondida tras los denominados papeles de Bárcenas que EL PAÍS hizo públicos el 31 de enero de 2013 consiste básicamente en unos ingresos irregulares que el extesorero del PP registró en una contabilidad paralela oculta al fisco durante 20 años. El dinero procedía de donaciones prohibidas por Ley que hicieron decenas de empresarios, entre los que se encontraban algunos de los presidentes de las mayores constructoras del país. Esas donaciones eran ilegales porque procedían de contratistas de la administración pública y, además, superaban en muchos casos el límite de 60.000 euros que imponía la norma de financiación de partidos políticos.
Aunque todos los empresarios que figuran en los papeles de Bárcenas han negado los hechos en sus declaraciones en la Audiencia Nacional, el juez ha conseguido acreditar que en la casilla de los gastos figuran muchas personas, entre ellos dirigentes del propio PP, que han reconocido haber cobrado las cantidades que apuntó en su día el extesorero Bárcenas.
Jaime Ignacio del Burgo, Jaume Matas, Santiago Abascal, Calixto Ayesa, Cristóbal Páez o Eugenio Nasarre, entre otros, han reconocido que las cantidades que Bárcenas apuntó las habían cobrado en dinero efectivo sin que mediara transferencia bancaria alguna ni quedara constancia de ese movimiento en las cuentas oficiales del partido. El juez Pablo Ruz ha recordado en sus autos que esos cobros que admiten los dirigentes del PP se produjeron en años que penalmente están prescritos y las cantidades defraudadas eran menores a las que señala la Ley. Sin embargo, el magistrado recuerda que estas pruebas son importantes para acreditar que aquello que apuntó Bárcenas en unos cuadernos durante 20 años se corresponde con una caja b del Partido Popular al margen de la Ley y las normas tributarias.
Junto a estas evidencias, en las últimas semanas y como consecuencia de algunos registros ordenados por el juez tanto en la sede central del Partido Popular como en el despacho profesional del arquitecto Gonzalo Urquijo, encargado durante años de las obras de reforma del edificio de Génova, 13, el sumario acumula nuevas pruebas de que la formación conservadora hizo determinados gastos que no figuran en su contabilidad oficial y que, por tanto, confirman en parte los papeles de Bárcenas sobre la existencia de una caja b.
Esos gastos se corresponderían con unos ingresos que el PP no declaró, que procederían de donaciones ilegales y que, según ha escrito el juez Pablo Ruz en sus autos, podrían ser considerados como rentas extraordinarias por las que la formación conservadora tendría que pagar el correspondiente impuesto de sociedades. La Ley de Financiación de Partidos Políticos señala que las donaciones están exentas del pago de impuestos. Pero tanto el juez Pablo Ruz como la Fiscalía consideran que cuando las donaciones incumplen las normas de la Ley de Financiación deben tributar como ingresos extraordinarios.
El juez Ruz dictó el pasado 24 de enero un auto en el que pide al Gabinete de la Dirección General de la Agencia Tributaria que remita las “declaraciones originales y pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades presentada por el Partido Popular en los ejercicios de 2007 y 2008”. El juez ya advierte que “de no haberse presentado en alguno de los dos ejercicios declaración por este impuesto, que se remita certificación negativa”.
El PP no pagó nada en concepto de impuesto de sociedades esos dos años, mientras el juez y la fiscalía entienden que deberían haber pagado por esos ingresos extraordinarios (donaciones ilegales). En 2008, Bárcenas apuntó por esta vía 1.055.000 euros. La cuota a pagar en concepto de impuesto de sociedades por ese ingreso superaría los 120.000 euros y, por tanto, entraría dentro del supuesto de delito fiscal.
El juez y el fiscal del caso consideran que “las cantidades donadas en exceso de los límites legales quedarían sujetas a tributación por el impuesto de sociedades, ostentando aquellos ingresos el tratamiento de rentas sujetas a tributación”.
Los técnicos de la Agencia Tributaria que elaboraron un informe sobre este aspecto para el juez Pablo Ruz consideran que la Ley de Financiación de Partidos Políticos “no regula” que “el incumplimiento de los condicionantes y limitaciones para las donaciones privadas (...) tenga consecuencias en el régimen tributario” y señalan que esas donaciones ilegales “constituyen una infracción grave [solo] sancionable con una multa a imponer por el Tribunal de Cuentas”.
Las acusaciones populares han entregado al juez informes elaborados por catedráticos expertos en fiscalidad donde señalan que el PP debe tributar por esas rentas extraordinarias.
Mientras, el principal imputado en la causa, Luis Bárcenas, sigue entregando al juez en un lento goteo, documentos para intentar acreditar que la caja b existía y que los gastos allí reflejados fueron ordenados por la dirección nacional del PP. Los ex secretarios generales y la actual secretaria general del PP que han declarado sobre este asunto aseguran que la autonomía de Bárcenas para la gestión de las cuentas del PP era plena y no dependía directamente de ellos.
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