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Dos años de cárcel a los autores de los tartazos a Barcina

La Audiencia condena por atentado a los tres ecologistas

Fernando J. Pérez

La Audiencia Nacional ha condenado por atentado contra la autoridad a los tres militantes contra el tren de alta velocidad que arrojaron tres tartas a la entonces presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, el 27 de octubre de 2011 cuando participaba en una reunión de trabajo en Toulouse (Francia).

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El tribunal ha impuesto una pena de dos años de prisión y 900 euros de multa a los tres militantes que estamparon la tarta en la cara de la actual alcaldesa de Pamplona, Gorka Ovejero, Julio Martín Villanueva e Ibon García. Además, condena a un año de prisión y multa de 900 euros a Mikel Álvarez Forcada, que participó en los hechos pero que no atacó a Barcina, aunque sí jaleó a sus compañeros.

La condena, en principio, no implicaría la entrada en prisión de los condenados. Según el tribunal, los tres activistas cometieron "una acción corporal violenta" al ser golpeada hasta tres veces con una tarta, y tiene en cuenta el hecho de que la víctima es una autoridad pública en el ejercicio de su cargo, por lo que debe considerarse atentado cualificado.

El tribunal rebaja la pena en un grado respecto a la petición del fiscal, que reclamaba cinco años de cárcel, al tener en cuenta que los llamados tartalaris actuaron en la creencia erronea de que las responsabilidades se les iban a exigir en Francia, país donde ocurrieron los hechos y que no condena este tipo de actos con la misma severidad que España.

La sala, presidida por Fernando Grande-Marlaska, defiende la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar estos hechos cometidos por ciudadanos españoles en el extranjero. La sentencia recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial otorga competencia a los jueces españoles para juzgar los delitos de atentado contra autoridades o funcionarios públicos españoles perpetrados en el extranjero.

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Un requisito para perseguir este tipo de actos es que sean delito en lugar en que se cometieron. En este caso, Francia abrió una investigación por un delito de violencia o agresión agravada, una infracción “sensiblemente menos grave que el delito de atentado”, reconoce la sentencia.

Respecto a los elementos de prueba, el tribunal sostiene que el vídeo del acto permite reconocer a los tres activistas de la plataforma Mugitu, que habían negado su presencia en el acto de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos –un organismo transnacional- en el que fue atacada Barcina. También recuerda que Mikel Álvarez Forcada dio una rueda de prensa el 28 de octubre en la que se reivindicaba la acción contra Barcina. En esa comparecencia se destacaba que no se pretendía causar daños físicos a la presidenta navarra “sino dañar la imagen de la autoridad que representa”. El comunicado de Mugitu calificaba de “ilegales” las detenciones de sus compañeros. Además, Julio Martín Villanueva reconoció en una entrevista en Eguzki Irratia su participación en el ataque a la presidenta navarra.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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