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hacia el final de Eta

Rajoy espera que el fallo sobre la ‘doctrina Parot’ no lleve a una excarcelación masiva

El tribunal de Estasburgo dicta mañana sentencia respecto a la etarra Inés del Río

Los ministros de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón (d) y de Interior, Jorge Fernández Díaz, durante el pleno del Congreso de los Diputados.
Los ministros de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón (d) y de Interior, Jorge Fernández Díaz, durante el pleno del Congreso de los Diputados.Juanjo Martin (EFE)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos comunicará mañana a las 11.30 si la doctrina Parot—la formulación jurídica que España lleva siete años aplicando para alargar la estancia en prisión de los presos con penas más altas (sobre todo, terroristas)— es válida o no de acuerdo con el derecho europeo. Si dictamina que no es válida, eso podría dar lugar a la excarcelación en cadena de 61 etarras y de al menos 14 presos comunes. Varias decenas más de presos de ETA —unos 80, de los casi 600 que tiene la banda— podrían también beneficiarse a medio o largo plazo, en una segunda tanda, según el Ministerio de Interior.

El Gobierno presidido por Mariano Rajoy ha asegurado que acatará la sentencia, pero la da prácticamente por perdida y ahora cruza los dedos para que esta tenga un efecto inmediato limitado. Es decir, que aun en el caso —probable— de que el tribunal dictamine contra la doctrina Parot, el fallo esté redactado de tal forma que no ordene expresamente la salida en bloque de todos los presos afectados, sino que fuerce a estos a ir presentando recursos individualizados, lo que alargaría el proceso. Una excarcelación masiva inmediata provocaría previsiblemente la reacción de las asociaciones de víctimas; le abriría un nuevo frente político al Ejecutivo; podría dar lugar a la exigencia de indemnizaciones por parte de los presos y, además, pondría sobre la mesa, de golpe, una incógnita: cómo se integrarán en libertad decenas de presos históricos de ETA. Qué influencia ejercerán sobre la izquierda abertzale y su discurso, justo cuando se cumplen dos años del “cese definitivo” de la violencia y el proceso de desarme no arranca.

Sortu y varios colectivos abertzales han convocado movilizaciones en el País Vasco para celebrar una victoria en Estrasburgo que ven segura. Por su parte, los ministros de Interior, Jorge Fernández Díaz, y Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, conscientes de lo delicada que puede ser la digestión del fallo, comparecerán en una rueda de prensa conjunta a última hora de la mañana y, esa misma tarde, se reunirán con asociaciones de víctimas del terrorismo.

En realidad, el tribunal europeo no ha juzgado la doctrina Parot sino el caso concreto de una etarra a la que se le aplicó, Inés del Río. Ya en julio de 2012 hubo una primera sentencia a favor de la reclamación presentada por Del Río; el Gobierno español la recurrió ante la Gran Sala del tribunal y mañana se leerá la segunda sentencia, que ya será firme. Fuentes del Ejecutivo admiten que lo más previsible es que vuelva a ser contraria a sus tesis, y lo fían todo a la redacción del fallo.

El periplo judicial de una interpretación jurídica

V. G. C.
  • La doctrina Parot fue aprobada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremoen febrero de 2006, por 12 votos a favor y tres en contra. La sala —que resolvía un recurso del preso etarra Henri Parot— hizo una interpretación nueva del artículo 70 del Código Penal. Concluyó que "en modo alguno" esa ley establece que las redenciones de condena se deban aplicar sobre el máximo de cumplimiento de 30 años, como se hacía hasta entonces; y estableció que a partir de ese momento se aplicaran sobre cada una de las penas a las que el reo fuera condenado; eso, en los casos de presos con varias penas, convertía las redenciones en papel mojado. Aquella resolución contradecía otra del Supremo, que en 1994 había abogado por aplicar las redenciones de condena sobre el máximo de 30 años.
  • Numerosos presos afectados por la nueva doctrina, que estaban a punto de salir de la cárcel y de pronto veían prolongada su condena varios años más, recurrieron entonces al Constitucional. El alto tribunal estableció en 2012, sin entrar a valorar la doctrina Parot, que esta sí podía aplicarse pero con una condición: siempre que al preso no se le hubiera hecho ya la liquidación definitiva de condena y se le hubiera dado una fecha concreta de salida; porque esa fecha concreta generaba una "expectativa" en el preso, que había que respetar. Por eso, la mayoría de los recursos de presos contra la doctrina Parot han sido desestimados, pero algunos han sido aceptados.
  • Una de las etarras a las que se le había aplicado la nueva doctrina, Inés del Río (condenada a 3.000 años y que inicialmente iba a salir de la cárcel tras cumplir 18), recurrió ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este dictó sentencia en julio de 2012: condenó a España por violar los artículos 7 y 5.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos y ordenó que Del Río fuera excarcelada e indemnizada con 30.000 euros por daños morales. El Gobierno español recurrió aquel fallo. La sentencia definitiva se conocerá mañana.

“Si el tribunal nos quita la razón, creemos que hay dos posibilidades”, dicen estas fuentes. “O se ciñe al caso de Inés del Río y ordena solo su excarcelación; o incluye una petición expresa de que se extienda el fallo a todos los presos afectados”. Y el segundo sería, claramente, el peor escenario para el Gobierno. También hay un tercero, apuntan: que la sentencia se quede en un término medio parecido al que el tribunal europeo estableció en 2008 para el caso del sicario chipriota Panayiotis Agapiou Panayi, alias Kafkaris. Aquella sentencia dictaminó que en la doctrina jurídica chipriota que había permitido mantener en la cárcel a Kafkaris había un problema de "calidad de la ley", pero no ordenó la excarcelación del sicario, que sigue en prisión. En cualquier caso, sostienen en el PP, el alcance exacto de la sentencia sobre el caso de Inés del Río lo decidirá la Audiencia Nacional.

La doctrina Parot no es un mecanismo creado por el Gobierno español, sino una interpretación jurídica que instauró en 2006 el Tribunal Supremo y fue avalada después —con matices— por el Constitucional, aunque con una gran polémica porque algunos juristas la ven como una ilegal aplicación retroactiva de la ley. Se creó para evitar la salida de prisión de terroristas que estaban a punto de salir incluso antes de cumplir 20 años de pena porque se beneficiaban del Código Penal de 1973, mucho más favorable que el de 1995. Lo que hizo el Supremo fue cambiar el método de cómputo de los beneficios penitenciarios que se hacía hasta entonces: determinó que esos descuentos de condena (por trabajar en la cárcel, hacer cursos, etcétera) debían aplicarse sobre cada una de las penas que recayeran sobre el reo, y no sobre el máximo de cumplimiento de condena (que en España era entonces de 30 años).

Así, antes de la doctrina Parot, a un preso condenado (con el Código Penal de 1973), por ejemplo, a 300 años por varios atentados pero que en ningún caso iba a cumplir más de 30 —porque ese era el tope legal— se le aplicaban beneficios penitenciarios sobre ese tope de 30; y el resultado era que podía salir a los 18, 20 o 22 años. A partir de 2006, con la nueva doctrina, los beneficios se aplican sobre cada una de las penas sucesivamente, de modo que en la práctica no tienen ningún efecto y el preso cumple los 30 años.

El primer preso al que se le aplicó la doctrina del Supremo fue el etarra Henri Parot, y de él tomó el nombre. Pero hay muchos más afectados (no solo etarras), y la mayoría ha interpuesto recursos: en este momento hay una treintena pendiente de resolver en la Audiencia Nacional, seis en el Supremo y cerca de 30 en el Constitucional. Uno de ellos, el de Inés del Río, llegó hasta Estrasburgo, y es el que puede dar un vuelco a toda la situación.

“Ni un año de cárcel por asesinato”

EL PAÍS / AGENCIAS

María del Mar Blanco, presidenta de la Fundación Víctimas del Terrorismo, alertó el pasado viernes de que derogar la doctrina Parot supondría que "terroristas sanguinarios" salgan de la cárcel "sin haber cumplido ni siquiera un año por cada asesinato". Eso ocurriría con los presos que cuentan con cerca de 20 asesinatos a sus espaldas, que no son todos los que saldrían a la calle. "Reclamamos justicia, y para nosotros este instrumento jurídico que representa la doctrina Parotes justicia", añadió.

El portavoz de la asociación de jueces Francisco de Vitoria, José Luis González Armengol, también vaticinó que una sentencia adversa para España "va a producir situaciones que el ciudadano no va a comprender". Señaló, eso sí, que en 2006 la doctrina Parot "jurídicamente se forzó" para evitar la "escandalera" que suponía que en delitos gravísimos "cada muerto salía a seis o siete meses de condena" por los beneficios penitenciarios.

Eurodiputados de PNV, Aralar y CiU han pedido a la Comisión Europea que vigile que España cumple la sentencia. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, insistió esta semana en que la doctrina Parot es "justa y necesaria", pero subrayó que acatará el fallo de Estrasburgo.

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