El juez anula una multa porque no se intentó localizar al conductor
Hacienda reclamó una sanción que no fue notificada
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Madrid ha anulado una sanción de tráfico, de 300 euros, impuesta por el Ayuntamiento de Madrid por “no identificar en tiempo y forma al conductor responsable de una infracción grave”, según ha informado el Comisariado Europeo de Automóvil (CEA), que presentó un recurso en representación de unos de sus asociados.
En concreto, el automovilista denunciado recibió la reclamación de deuda por multa de circulación “sin antes tener constancia de dicha sanción”, según explica CEA. De acuerdo con la sentencia, “antes de acudir a la notificación edictal, la Administración debe intentar la notificación en el domicilio idóneo, bien porque este consta en el mismo expediente o porque su localización resulte extraordinariamente sencilla, normalmente acudiendo a oficinas o registros públicos”.
Para CEA, la prueba evidente de la “dejadez en la localización del automovilista” es que la notificación de la multa no llega pero, en cambio, la reclamación de la deuda enviada por Hacienda es entregada en el domicilio del sancionado. “Por tanto, si la Agencia Tributaria dispone de la dirección correcta, la entidad que emite la multa debería de haber localizado al conductor de la misma manera”, considera CEA.
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