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Varapalo del Poder Judicial a la reforma penal de Gallardón

La comisión de Estudios avala el informe que votará el Pleno

Margarita Robles, vocal del CGPJ, el pasado mayo.
Margarita Robles, vocal del CGPJ, el pasado mayo.Samuel Sánchez

El Consejo General del Poder Judicial está a punto de propinar un sonoro varapalo a la reforma penal del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. Ayer, la Comisión de Estudios del Consejo aprobó el informe crítico elaborado por la vocal Margarita Robles que incluye dudas a la constitucionalidad de dos de los puntos más importantes de la reforma del Código Penal: la llamada prisión permanente revisable y la custodia de seguridad.

El informe crítico se aprobó por tres votos (Margarita Uría, Carles Cruz y Margarita Robles) frente a dos (Antonio Dorado y Concepción Espejel). Los dos vocales que rechazan el informe proceden de la minoría conservadora y son considerados en el Consejo como próximos al actual ministro de Justicia. Al informe le queda aún el filtro último del Pleno del Consejo que tiene previsto estudiarlo el 16 de enero. En principio, hay mayoría de vocales progresistas y, si votaran según esa distribución, el informe podría salir adelante.

En todo caso, el escrito del Consejo General del Poder Judicial no es vinculante y el Gobierno no tiene que seguir sus recomendaciones. De hecho, el ministro de Justicia aprobó la controvertida ley de tasas judiciales en contra del rotundo informe del Poder Judicial, del Consejo Fiscal y del Consejo de Estado. En este caso, el propio fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha expresado públicamente sus dudas sobre la reforma penal, pese a ser también próximo al ministro de Justicia.

Margarita Robles elaboró una ponencia muy crítica sobre el Código Penal de Gallardón, que en la mayoría de sus extremos fue ratificado ayer por la Comisión de Estudios. Especialmente, los apartados estrella de esa reforma.

Así, se considera que hay dudas acerca de la constitucionalidad de la prisión permanente revisable y de la custodia de seguridad. Con ellas podría vulnerarse el artículo 25 de la Constitución que asegura que "las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria".

En este caso concreto, el informe considera que con la actual reforma no hay posibilidad de reinserción y no se especifica dónde y en qué régimen se cumpliría la pena añadida de custodia de seguridad que, además, no tiene tiempo establecido en la sentencia y, en la práctica, es una condena a perpetuidad.

El informe destaca que ninguno de los códigos penales españoles elaborados durante el siglo XX incluye la prisión a perpetuidad en el catálogo de penas, incluidas las etapas no democráticas.

"La custodia de seguridad se cumplirá después de la pena de prisión. Y aunque la ley fija una duración máxima de 10 años, tras la custodia de seguridad se impondrá de modo obligatorio la medida de seguridad de libertad vigilada, que puede llegar a ser ilimitada a través del sistema de prórrogas que se establecen en la nueva regulación. De esta manera, se viene a configurar un sistema de medidas de seguridad ilimitadas en el tiempo para sujetos imputables", asegura el informe.

La vocal Margarita Robles será también la ponente del informe del Consejo sobre el anteproyecto de ley del Poder Judicial propuesto por el ministro Gallardón.

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