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El nombramiento del jefe de Policía del País Vasco tiene “apariencia de ilegalidad”

Una juez de la Audiencia Nacional considera que la designación pudo dañar a la función pública Un inspector impugnó el cargo porque Fernando Amo "carece de Licenciatura Universitaria" La decisión pone en cuestión los nombramientos de la cúpula policial

La juez Central de lo Contencioso-Administrativo número 9 de la Audiencia Nacional ha decretado el cese cautelar del jefe superior de Policía del País Vasco, Fernando Amo, anulando así su nombramiento "por apariencia de ilegalidad y posible daño a la función pública", tal y como consta en el auto de medidas cautelares al que ha tenido acceso Europa Press. La decisión pone en cuestión los nombramientos de la cúpula policial. Amo ha sido apartado cautelarmente del cargo y ha sido sustituido provisionalmente por el comisario Fernando Sáinz Merino, responsable de la Comisaría Provincial de San Sebastián. La Dirección General de la Policía ha anunciado que va a recurrir la decisión judicial.

"Procede acceder a la suspensión provisional de la ejecución de la resolución recurrida, por apariencia de ilegalidad y posible daño a la función pública, en el supuesto de que pudiera ser que la persona carezca de la titulación exigida", dice la juez Eva María Alfageme Almena en su escrito de apenas dos folios y fechado el pasado 10 de septiembre.

En la parte dispositiva, la juez dice que contra esta decisión cabe recurso de apelación en un plazo de 15 días después de la notificación. Fuentes próximas al jefe superior de policía del País Vasco han indicado que la resolución le fue notificada el pasado 1 de septiembre y han anunciado que presentarán el recurso mañana miércoles.

El pasado 14 de marzo el inspector de Policía Jesús Andrés de Dios, solicitó el la suspensión cautelar de Fernando Amo tras impugnar el nombramiento recogido en la orden 43/2012 del Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. Según este inspector, Amo es "un funcionario carente de Licenciatura Universitaria o equivalente" y su nombramiento se hizo "sin previa convocatoria de la plaza".

Fuentes policiales consultadas sitúan el origen de la cuestión en la redacción de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), concretamente en la redacción de su artículo 19 sobre "los Subdirectores generales".

En él se dice que "los Subdirectores generales son los responsables inmediatos, bajo la supervisión del Director general o del titular del órgano del que dependan, de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos o actividades que les sean asignados, así como de la gestión ordinaria de los asuntos de la competencia de la Subdirección General". Además añade que "los Subdirectores generales serán nombrados y cesados por el Ministro o el Secretario de Estado del que dependan".

A partir de ahí especifica que "los nombramientos se efectuarán entre funcionarios de carrera de la Administración General del Estado y, en su caso, de otras Administraciones públicas cuando así lo prevean las normas de aplicación y que pertenezcan a Cuerpos y Escalas, a los que se exija para su ingreso el Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente". Gran parte de los comisarios ingresaron en el Cuerpo Nacional de Policía como inspectores, cumpliendo el requisito de ser diplomados en alguna materia. Posteriormente, muchos de ellos obtuvieron una licenciatura.

La Dirección General de la Policía ha anunciado que recurrirá contra la decisión judicial argumentando que Fernando del Amo es funcionario del grupo A, en el que están encuadrados los jefes superiores de Policía, que están equiparados a licenciados y, por tanto, cumplen lo dispuesto por la LOFAGE.

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