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El Supremo ratifica la condena a Julián Muñoz por irregularidades contables

El exalcalde marbellí, un exedil y un abogado tendrán que pagar un desfalco de 1,8 millones

Julián Muñoz se dirige a los juzgados en Málaga al comienzo del 'caso Malaya'
Julián Muñoz se dirige a los juzgados en Málaga al comienzo del 'caso Malaya'JULIÁN ROJAS

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena impuesta a Julián Muñoz por el Tribunal de Cuentas y por la que debe  pagar 1,84 millones de euros como responsable de la sociedad municipal Control de Servicios Locales del Ayuntamiento de Marbella. También tendrá que hacer frente de los intereses legales y costas del recurso. Muñoz debe responder de esa cantidad solidariamente con otros dos consejeros de la sociedad municipal, el abogado Modesto Perodia Cruz-Conde y el exedil Esteban Guzmán Lanzat.

La condena ahora ratificada se impuso por irregularidades contables, gastos sin justificar, abonos extraordinarios muy por encima de los costes habituales de servicios, la contratación de auditorías y asesorías para las sociedades vinculadas al Ayuntamiento y pagos de servicios profesionales de letrados, como el propio Perodia o José María del Nido.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal detalla que entre los pagos sin justificar hallados en el expediente figuran 680.553 euros en minutas abonadas al abogado José María del Nido, presidente del Sevilla C. F. que luego dieron lugar a su enjuiciamiento y condena en el caso Minutas. Esta pena está aún pendiente de recurso.

El Supremo rechaza los argumentos de la defensa de Muñoz, el exedil y el abogado, quienes habían alegado que ellos solo eran administradores formales de la sociedad, pero no los responsables reales de su gestión.

Asimismo, recoge que ninguno de los condenados hizo constar que el consejo de administración de la sociedad municipal no estuviera funcionando de manera diligente y recuerda que las empresas públicas marbellíes tenían personalidad jurídica independiente respecto de la Corporación por lo que, al aceptar el cargo de administradores de Control de Servicios Locales, asumían la gestión diligente de la sociedad.

En su sentencia, el Supremo también rechaza la prescripción de la responsabilidad contable y hace referencia a las dificultades que el Tribunal de Cuentas tuvo para elaborar el informe de fiscalización ante la "escasa" colaboración de los responsables municipales para facilitar la documentación necesaria.

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