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La Audiencia absuelve a un islamista radical vinculado con el 11-M

Moutaz Almallah Dabas se ha quedado "a las puertas" de un delito de colaboración

Eva Saiz
Moutaz Almallah Dabas.
Moutaz Almallah Dabas.EFE

La Audiencia Nacional ha absuelto al español de origen sirio Moutaz Almallah Dabas de un delito de colaboración con banda armada  por no "quedar acreditado" que "llevaba a cabo actividades de favorecimiento del terrorismo islamista" o de captación y adoctrinamirnto de la Yihad , tal y como sostenía la acusación. La fiscalía y la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M pedían una pena de ocho años de prisión.

De esta manera ha solventado la Audiencia el último juicio pendiente relacionado con el 11-M. Moutaz, que se encontraba en Inglaterra cuando sucedieron los atentados de Madrid en 2004 y fue extraditado a España en 2007, era el arrendatario de un piso en Madrid en el que, según la acusación, se efectuaban reuniones de captación y adoctrinamiento de planteamientos yihadistas, se recaudaba dinero para favorecer el terrorismo islamista. En esa vivienda se reunieron entre otros Serhane ben Abdelmajid, El Tunecino, uno de los autores de la masacre del 11-M que se suicidó en Leganés, o Mustafá Maymouni, condenado en Marrurecos por su vinculación con los atentados de Casablanca.

El tribunal, sin embargo, "no encuentra prueba suficiente para entender acreditado que el acusado llevara a cabo actividades concretas de favorecimiento del terrorismo islamista". En la sentencia la Audiencia determina que Moutaz se ha quedado " a las puertas de una colaboración con una organización terrorista", pero entiende que los indicios no son determinantes. Para el tribunal estas actividades "no pueden sustentar una declaración de culpabilidad".

En su escrito los magistrados sostienen que participar en reuniones, poseer libros de Osama Bin Laden o vídeos de la Yihad "no puede ser entendido, por sí mismo, como un acto de colaboración, sino de aceptación  o aprobación  de sus fines y métodos, pero en ningún caso de apoyo logístico que se presta a una organización". La mera coincidencia ideológica "aunque sea en ideas violentas contra otros no acreditan po0r sí mismas la pertenencia a una organización terrorista", concluye el tribunal.

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.

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