La colada de ropa sucia
Pese a que dos acusados se declararon culpables, el juicio se celebrará antes de las elecciones generales
Ayer cambió de manos la presidencia de la Generalitat sin que se hayan esclarecido aún las claves de la renuncia de Camps en provecho de Fabra. El apabullante auto dictado el 6 de julio por el juez José Flors, que eleva a juicio oral la causa abierta contra el ya expresidente de la Generalitat y otros tres coimputados por un delito de cohecho impropio, sirvió de preludio a una divertida ópera bufa interpretada por los encausados. El libreto inicial se proponía hacer desaparecer por encanto la vista ante el jurado a fin de eludir —en vísperas de las elecciones generales— la colada en público de la ropa sucia regalada por la trama Gürtel (29 trajes, 10 americanas, 9 pantalones y otras prendas de vestir) a los dirigentes populares. Sin embargo, la medicina del conjuro era seguramente peor que la enfermedad: los cuatro imputados deberían declararse culpables antes de la celebración del juicio y cumplir la pena solicitada (el pago de 49.500 euros)
El intento de aplicar esa estrafalaria receta —ideada por el estratega de la defensa, Federico Trillo— concluyó en el desastre. Mientras Víctor Campos y Rafael Betoret obedecían disciplinadamente las instrucciones del PP y confesaban su delito, Ricardo Costa aguardó a conocer la decisión del presidente de la Generalitat. Esta vez la desconfianza protegió al condenado: Francisco Camps proclamó su virginal inocencia, dimitiendo a la vez como presidente de la Generalitat. El gambito ha resultado ruinoso: pese a que dos acusados se hayan declarado ya culpables, el juicio por cohecho se celebrará antes de las elecciones legislativas.
¿Se dejará convencer el jurado por las proclamas de inocencia de Camps? ¿Predominarán las motivaciones partidistas, políticas, ideológicas o religiosas sobre la justicia? En lo que se refiere a los hechos, la colusión objetiva de la trama Gürtel con los imputados se halla por encima de cualquier duda mínimamente razonable. En lo que respecta a la fundamentación jurídica, la sentencia de mayo de 2010 del Supremo que invalidó el sobreseimiento de la causa alegremente dictado en agosto de 2009 por la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV subrrayó la relevancia penal del supuesto fáctico.
La primera trinchera de los acusados fue la negación de las evidencias. De creerles, ninguno habría recibido las prendas de vestir regaladas por Orange Market, la marca valenciana de la trama Gürtel encargada de presentarse —para ganar— a todo tipo de licitaciones de la comunidad. Pero el contundente testimonio del encargado de los establecimientos Milano y Forever Young, el minucioso trabajo de la policía y la rigurosa investigación de la Fiscalía Anticorrupción permitieron reconstruir paso por paso —desde la toma de medidas por el sastre hasta el abono de los encargos por la trama Gürtel— esa sórdida historia de soborno activo y gorroneo pasivo valorada en 40.000 euros.
La segunda barrera defensiva equiparaba la rumbosa contribución al fondo de armario de los impugnados pagada por una banda de estafadores con los obsequios simbólicos a (y entre) las autoridades. El auto judicial rebate esa majadería: los envenenados regalos de la trama Gürtel no pueden incardinarse en el marco de la adecuación social. La tercera trinchera —“¿quién se vende por tres trajes?”— silencia la intencionalidad corruptora de los obsequios y la deuda de agradecimiento de sus receptores. El juicio de valor relativo sobre el precio de las prendas de vestir regaladas —“escaso o aun ridículo” para los defensores de los acusados— entraña “una degradación de los principios que deben regir la actuación de quienes ejercen funciones públicas”. Si el botín arramblado por Camps no bastaba para configurar un cohecho impropio ¿cuál será el multiplicador necesario —diez, cincuenta o cien— para conseguirlo?
El último muro protector del búnker de los acicalados corruptos era la excusa según la cual la inexistencia de contraprestaciones concretas e inmediatas a las dádivas de la trama Gürtel privaba de relevancia penal a su conducta. Pero el argumento es una tautología: a diferencia de los intercambios sincrónicos de los supuestos de cohecho propio, la tipicidad del cohecho impropio estriba precisamente en la búsqueda de la gratitud o del favor genérico de los obsequiados capaz de engrasar genéricamente los mecanismos de la Administración autonómica.
La elevación a juicio oral del procedimiento ha mostrado la inutilidad de las trincheras protectoras trazadas por Federico Trillo, digno discípulo de las tácticas de cerrojo aplicadas por la selección de fútbol de Paraguay. Sin embargo, una vez recuperados del contratiempo, los dirigentes del PP han cambiado de táctica. Fieles a la máxima de que la mejor defensa es un buen ataque, han decidido tomarla de nuevo con Rubalcaba y equiparar el caso Gürtel con el caso Faisán, tan parecidos entre sí como un huevo podrido y maloliente a una castaña incorrupta todavía sin pelar.
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