La Audiencia avala la rebaja de sueldos de los funcionarios
Respalda al Constitucional, que no apreció inconstitucionalidad en la decisión del pasado año
![La vicepresidenta económica, Elena Salgado](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/VHBBKFX4U32RWUCPYENEKNWJIM.jpg?auth=45cd511edbb5e18317ca772b3bf91a515f9697408cc79f9fe8892f958a10c19f&width=414)
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional avaló ayer la rebaja de sueldo de los funcionarios, en dos sentencias que se basan en la resolución del Tribunal Constitucional, que no vio ninguna inconstitucionalidad en el decreto del secretario de Estado de Hacienda por el que se acordó la reducción salarial el 25 de mayo de 2010.
Los recursos habían sido planteados por la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria y la Unión Federal de Policía, que en esencia planteaban vicios de inconstitucionalidad resueltos por el auto del TC del pasado 7 de junio, por el que se inadmitió una cuestión de inconstitucionalidad que había planteado la Sala de lo Social de la propia Audiencia Nacional.
En las dos sentencias notificadas hoy, la Sala de lo Contencioso señala que en el momento en el que se recortaron las nóminas “concurrían los presupuestos de urgente y extraordinaria necesidad previstos en la Constitución para que el Gobierno pudiera legislar por el procedimiento excepcional de Decreto-ley y que la reducción retributiva tampoco afecta al derecho a la negociación colectiva”, según una nota del citado tribunal.
La sección sexta de lo Contencioso entiende que “regular las concretas cuantías mediante el decreto recurrido no incide en el contenido o elementos esenciales de las Instituciones básicas del Estado”. El tribunal considera que “no estamos ante la elaboración de nuevos Presupuestos a los que se les aplique el artículo 134 CE, sino ante el reflejo en los mismos de una norma sustantiva que reduce el sueldo correspondiente a los funcionarios, y tienen su reflejo en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE), pues siendo el gasto menor, su autorización por las Cortes Generales ha de adaptarse al mismo”, es decir, que no es una elaboración de nuevo Presupuestos sino el reflejo en ellos de una norma que reduce el sueldo y que afecta al montante del gasto autorizado por la LPGE.
Por todo ello, la Sala entiende que la resolución del secretario de Estado de Hacienda es ajustada a derecho. En la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional quedan pendientes otros doce recursos contra el recorte de la nómina de los funcionarios.