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La Sala del 61 inicia los trámites de la recusación de Garzón contra cinco magistrados

Los jueces ya participaron en el proceso de instrucción por la causa del franquismo, lo que los inhabilitaría para juzgar el mismo asunto

Garzón, a la salida de la Audiencia, el pasado diciembre.
Garzón, a la salida de la Audiencia, el pasado diciembre.ÁLVARO GARCÍA

La Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo ha puesto en marcha la vista de la recusación de los cinco magistrados de la Sala de lo Penal que pretenden juzgar al juez Baltasar Garzón por su investigación de los crímenes del franquismo y ha dado tres días de plazo al fiscal para que presente un informe sobre si está a favor o en contra de que se les aparte del proceso. El pasado enero, el fiscal ya informó a favor de la recusación formulada por el abogado de Garzón para este proceso, Gonzalo Martínez-Fresneda.

Los cinco magistrados recusados son el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, el ponente Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. Todos ellos participaron en la fase de instrucción confirmando las resoluciones del juez instructor Luciano Varela y denegado las principales pruebas propuestas por la defensa, y ahora pretenden juzgarle. Tras conocer la recusación, sólo Joaquín Jiménez manifestó su intención de apartarse.

El abogado de Garzón, Martínez-Fresneda, fundamentó la recusación en el principio general de que quien participa en la instrucción de la causa está inhabilitado para juzgar ese mismo asunto, tal como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial en el artículo 219.11.

El fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas se adhirió en enero a esa causa de recusación, por lo que previsiblemente volverá a informar a favor. Según el fiscal, en el enjuiciamiento de Garzón debe quedar reforzada “la imparcialidad objetiva” del tribunal, ya que el Supremo le juzga en primera y única instancia, lo que "cierra cualquier posibilidad de recurso". La ausencia de una segunda instancia exige además un reforzamiento de las garantías del imputado, "espantando cualquier sombra de sospecha que pudiera empañar el recto ejercicio de la función de juzgar".

El magistrado Julián Sánchez Melgar, instructor de la recusación, admitió que tres de los autos dictados por los magistrados podían comprometer su imparcialidad objetiva para juzgar a Garzón. Melgar, por el contrario, no admitió que se pudiera examinar otra causa de recusación, relativa a que los cinco jueces procuraron no "contaminarse" en la fase de instrucción para poder formar parte del tribunal que sentenciará al juez imputado, lo que evidenciaría su "interés indirecto" en el pleito. El instructor limitó la recusación a tres de las 12 resoluciones pronunciadas por la Sala Penal.

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