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Tribuna
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La financiación singular como oportunidad

El actual reparto de recursos a través de fondos y subfondos nos ha llevado donde estamos, a un bucle que erosiona la convivencia territorial; Cataluña toma la iniciativa de la reforma, potencialmente, en beneficio de todos

Deudas Hacienda Agencia Tributaria
Delegación de la Agencia Tributaria en Barcelona.Albert Garcia

Acepto que las visiones que tenemos los académicos están contaminadas por las vivencias de las comunidades que habitamos, y algunos, además, por el plus de llevar muchos años argumentando y contraargumentando en foros diversos, incluyendo en mi caso y en el de Santiago Lago, o Ángel de la Fuente, como miembros en su día de la Comisión para la reforma de la financiación autonómica. Dejo de lado otros casos marginales de académicos de bandera, que han opinado desde las comunidades más subsidiadas y más privilegiadas, en defensa del statu quo, que obviamente tanto les beneficia. También están las posiciones de gobiernos que argumentan desde la solidaridad bajando a la vez los impuestos a sus clases bienestantes y ejerciendo dumping fiscal contra las economías vecinas.

En cambio, el texto de Santiago Lago, publicado en este medio, refiere dos hechos interesantes. Primero, alude al Informe de la Comisión de Expertos, antes mencionado. En este aparece ya el principio de singularidad en el voto particular que recoge el Informe y que emití como representante de Baleares. No se trata de una singularidad excluyente de la multilateralidad —como no lo es el acuerdo que tantas ampollas levanta— pero sí una vía adicional de financiación, en paralelo a la basada en la estimación de necesidades fiscales, prevalente hasta hoy. Esta se ha basado en una arquitectura autonómica por la que el Estado, perdón, su Administración Central, a través de la Agencia Tributaria, recauda prácticamente todos los impuestos y transfiere en diversas formas de participación a las comunidades autónomas, con fondos y subfondos según estima las necesidades de gasto de cada comunidad. Esto ya se ve que es poco “federal”. No se comparte efectivamente poder tributario sino simplemente recursos a través de anticipos y liquidaciones tardías según indicadores de gasto, desde ámbitos en los que el Ministerio de Hacienda tiene una mayoría incuestionable.

Esta aspiración a objetivar desde la discrecionalidad el reparto de recursos nos ha llevado donde estamos, a un bucle que erosiona la convivencia territorial. Y entre la población catalana ha creado una desafección, marcada por un “café para todos” con propuestas que si no son generalizables también para Ceuta y Melilla no lo pueden ser para Cataluña.

Mi respeto también a la contribución al debate de Lago Peñas se debe a que de entrada reconoce lo obvio: que el pecado original del desacuerdo de las nacionalidades históricas con el régimen común viene alimentado por la aceptación del concierto foral vasco tal como se ha formulado. Una antigualla que, se quiera o no, se recupera tras décadas de inestabilidad social. Ciertamente, este concierto se encaja en la Constitución, y según cuentan, una fórmula similar enraizada en “derechos históricos” no fue aceptada por los representantes catalanes del momento. Pero tras casi 50 años, esta decisión no puede condenar a las generaciones políticas que los han sucedido, claramente en desacuerdo con el trato fiscal recibido, como han expresado reiteradas mayorías democráticas en el Parlamento de Cataluña. Lago reconoce que el régimen foral nada tiene que ver con el federalismo y que ha actuado como espejo roto para las comunidades con mayor aspiración de autogobierno.

A partir de aquí, siguen algunos desacuerdos entre colegas. Contra lo que dice Santiago Lago, lo que se propone en el Acuerdo catalán no es lo mismo que el Concierto o Convenio foral, a no ser que utilicemos estos términos en sentido literario y poco preciso. Ciertamente, “acuerdo” es concierto, el pacto es convenio, como lo debiera ser todo lo que impregna el federalismo fiscal (foedus). Pero el Acuerdo referido no sería en todo caso como el vasco a la vista de como se estiman las contribuciones por las competencias no transferidas (coste efectivo in situ), ni a cómo se determina la financiación de estas; no sería por cupo, sino por participación en impuestos que el Estado continuaría reteniendo. Y menos aún se dejaría de atender a un principio de solidaridad, ausente en el régimen foral, digan lo que digan los defensores del privilegio.

Tampoco el Estado (todos) renuncia al poder tributario como dice Lago: lo acuerda en el Parlamento español. Lo que sí hace es permitir que la recaudación se transfiera a una cuenta propia de la Autonomía sin depender de anticipos ni estimaciones. Para los que piensan, como Santiago Lago, que ello puede suponer trocear la Agencia Estatal e “invitar al fraude por pérdida de escala”, creo que el sentido común nos dice que esto no va a pasar. Me atrevo a pensar que se trata de una oportunidad para ver finalmente una Agencia “estatal” de verdad: una Agencia independiente que sirva desde este estatus a todas las Administraciones; otra pieza clave de un esquema federal.

Por último, para los que desde el tremendismo hablan de la imposibilidad de aplicar estos acuerdos en contextos de reducción de déficit, recordar que entre 2012 y 2022 los ingresos de la Administración Central han crecido un 88,7% y los de las comunidades autónomas tan solo un 40,5%, desequilibrando la distribución de recursos entre los dos niveles de gobierno que son parte del mismo Estado. Ahora es al nivel central a quien le toca apretarse el cinturón, en momentos en los que las necesidades de gasto están más en los gobiernos territoriales que en el central. Y para ello Cataluña, como en el pasado, lleva la iniciativa a beneficio potencialmente de todos.


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