Quitar la mordaza
La reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana debe restaurar los derechos ciudadanos seriamente limitados por esa norma
Entre las medidas de “regeneración democrática” que la mayoría de Gobierno pretende impulsar figura la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza. Será el enésimo intento de modificar una norma muy contestada que fue impulsada en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy para castigar la disidencia y desactivar las protestas ciudadanas, muy encendidas desde la crisis de 2008. Fue aprobada por el PP en solitario, y a pesar de que las fuerzas de la oposición anunciaron que la derogarían en cuanto tuvieran capacidad parlamentaria para hacerlo, han pasado nueve años y dos gobiernos de coalición progresista sin que haya sido reformada. Los adelantos electorales y las discrepancias entre los partidos de izquierdas han truncado todos los intentos.
Ahora se plantea la reforma en profundidad de la ley, algo que ya figuraba en el pacto entre el PSOE y Podemos de 2019 y también en el del PSOE y Sumar para esta legislatura. Sería deseable que en esta ocasión todas las formaciones del bloque de la mayoría fueran capaces de ponerse de acuerdo, cosa que no debería ser difícil, pues buena parte del trabajo de revisión está hecho y ya se había alcanzado un acuerdo sobre 36 de los 54 artículos a revisar.
La ley mordaza regula como sanciones administrativas conductas que antes estaban en el Código Penal como faltas y crea nuevas conductas punibles que afectan al derecho de manifestación y que pueden aplicarse sin intervención judicial. Implanta un régimen de sanciones que permite multar con hasta 600 euros a quien participe en una protesta que no haya sido previamente notificada, y de 601 a 30.000 euros a quienes se consideren organizadores, cosa que puede ocurrir por el mero hecho de portar banderas o pancartas. También considera infracciones graves, tributarias de la máxima sanción, manifestarse ante el Congreso, el Senado o las asambleas legislativas autonómicas. Otro de los aspectos más criticados es que otorga un alto grado de discrecionalidad a las fuerzas de seguridad para interpretar cuándo se produce desobediencia, resistencia a la autoridad o falta de respeto a los agentes, que siempre tienen presunción de veracidad. Este aspecto fue duramente criticado en 2018 por la máxima responsable de Derechos Humanos del Consejo de Europa en una carta al Gobierno.
Tanto Amnistía Internacional como el Defensor del Pueblo han insistido en sus informes anuales en la necesidad de cambiar la ley. Amnistía Internacional cita dos casos a modo de ejemplo de cómo la norma criminaliza la protesta: el grupo vecinal No a la tala en Madrid, que se opone a la eliminación de arbolado, acumula 20.000 euros en sanciones, y el Sindicato de la Vivienda de Carabanchel, también en Madrid, ha recibido multas que suman 44.000 euros desde 2021. Según datos de Interior, entre 2015 y 2022 se han impuesto 1,8 millones de multas, sin contar las anuladas por incumplimientos de las restricciones de la pandemia.
En mayo pasado, Sumar presentó una proposición de ley que parte de los acuerdos a los que se había llegado en la comisión de Interior, sin concretar los cuatro artículos que hicieron fracasar el intento anterior, relativos al uso de pelotas de goma por las fuerzas antidisturbios y a las devoluciones en caliente. Estas últimas pueden regularse a través de la reforma de la ley de Extranjería. Dado que las discrepancias que quedan no son sustanciales, todos deberían tener en cuenta que es mejor una reforma de la ley, aunque no satisfaga sus máximas exigencias, que la ausencia total de reforma.
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