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abriendo trocha
Columna
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Assange, ¿salud mental o libertad de expresión?

La clave en el fundamento judicial de la denegatoria de la extradición no está en la condición de comunicador de Assange

Diego García-Sayan
Una mujer sostiene un cartel a favor de Julian Assange.
Una mujer sostiene un cartel a favor de Julian Assange.HENRY NICHOLLS (Reuters)

Bueno por Assange que el Tribunal Penal Central de Londres haya resuelto que no debe ser extraditado a EE UU. Tiene ahora la fiscalía catorce días para apelar mientras a Assange ya se le denegó la libertad bajo fianza. Seguirá pues en la prisión de Bermash. Quedará siempre a su disposición, en todo caso, su derecho de recurrir a la Corte Europea de Derechos Humanos si los tribunales británicos terminasen fallando en su contra.

¿Triunfo de la libertad de expresión? En el fondo, sí. Pero por de rebote. Como ya se ha dicho en este periódico, la decisión de la jueza Baraitser niega la extradición, en efecto. Pero no lo hace con base en principios de la libertad de expresión ni considera que una extradición de Assange a EE UU los afectaría. Va por otro camino.

Semejante al seguido el 2018 por la Alta Corte (High Court) en el caso de la activista Lauri Love. Su extradición también fue denegada porque sufría de depresión y podría suicidarse de ser extraditado. Había sido acusado el 2013 de hackear computadoras del gobierno estadounidense para robar información confidencial.

Marchó la jueza Baraitser por esa ruta sin dejar de criminalizar ciertas prácticas periodísticas ni cuestionar la legitimidad del gobierno estadounidense de pedir la extradición de Assange por divulgar información. A través de Wikileaks Assange había estado divulgando, como se sabe, la información que le había proporcionado la ex soldado Chelsea Manning. Y esa es la clave de la cuestión. Manning sustrajo y entregó a Wikileaks 90.000 informes sobre la guerra en Afganistán; 400.000 sobre la guerra en Irak; 800 informes sobre detenidos en Guantánamo y 250.000 cables del Departamento de Estado.

Probablemente la primera divulgación (2007) relevante vía Wikileaks fue del video grabado desde un helicóptero militar Apache que patrullaba Bagdad en julio de ese año. La tripulación recibió permiso para “entablar combate” y masacraron una docena de personas que estaban en la calle junto a una camioneta debajo del helicóptero. Entre ellos un camarógrafo de Reuters y su chofer. Gracias a Wikileaks se pudo conocer lo que había pasado. Todo quedó registrado en video.

La clave en el fundamento judicial de la denegatoria de la extradición no está en la condición de comunicador de Assange sino en dos cosas vinculadas entre sí: la salud de Assange y las previsibles condiciones de detención en EE UU.

Diagnosticado con trastornos del espectro autista (ASD), asperger, depresión severa y riesgo de suicidio, luego de casi dos años de detención en duras condiciones en Bermash, la salud de Assange está seriamente deteriorada. Como lo mencionó la propia jueza en su sentencia, de ser extraditado habría sido transferido a una prisión de máxima seguridad en Florence, Colorado, en la que los reclusos están encerrados en su celda, sin contacto alguno, por 23 horas diarias. Condiciones consideradas “opresivas”; especialmente considerando una eventual “condena gravemente desproporcionada” (175 años), como lo expresó la defensa de Assange.

Temas ciertos y relevantes, pero el asunto de fondo es, sin embargo, el de la libertad de expresión. Y en el caso concreto, si Assange tenía derecho a divulgar la información que Wikileaks fue publicando sobre estas materias sensibles. Como se argumentó en el proceso, la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense protege el derecho de los medios de comunicación de recibir y publicar información de interés público. Lo que hizo WikiLeaks, con quienes se puede discrepar o coincidir, pero ese es otro asunto.

No todos, sin embargo, estuvieron de acuerdo en que Assange podía divulgar esa información obtenida ni en la legitimidad de la conducta de Assange. Particularmente el Gobierno de Trump. En consistencia con lo que Obama había expresado que “los periodistas no deben enfrentar riesgos legales por su trabajo”, ninguna acusación penal se hizo contra Assange durante su Gobierno. Cambió el enfoque con el Gobierno Trump.

Desde el inicio, a través de su entonces vocero Sean Spicer, la tesis del Gobierno de Trump era que había que “hacer responsable a la prensa”. Luego que Assange publicara un artículo en el Washington Post sobre unas “ciberarmas” de la CIA sobre las cuales la agencia habría perdido control, Mike Pompeo, entonces jefe de la CIA, sindicó a Wikileaks como una “agencia hostil no estatal de inteligencia”. A los pocos días el entonces Fiscal General decidió que el arresto de Assange era “una prioridad”.

Es curiosa, en este terreno, la cuestionada complicidad con esa tesis autoritaria de algunos intereses privados que le negaban a Assange su condición de comunicador/periodista. Evidentemente todas las organizaciones realmente independientes de periodistas (como Reporteros sin Fronteras) o de derechos humanos (Amnistía Internacional, Human Rights Watch. etc.) nunca pusieron en duda que se estaba ante un caso de libertad de expresión.

No dejaron de moverse, sin embargo, intereses políticos en ciertas organizaciones dada la magnitud de los bombazos que había estado soltando Wikileaks. Hubo una excepción: fue particularmente cuestionada la posición del autodenominado Comité para la Protección de Periodistas (CPJ, en inglés). En criticada -y politizada –decisión resolvió que Assange no era periodista. Y se negaron a protegerlo como tal o a incluirlo el 2019 en la lista anual que publica CPJ de periodistas encarcelados pese a que Assange ya llevaba meses tras las rejas en condiciones muy duras.

Que Assange era un comunicador era un dato de la realidad que no podía estar en duda. Incluso fue ganador el 2011 del premio de periodismo Martha Gellgorn el 2011 y contaba con más de un carnet identificatorio como periodista otorgado por medios prestigiados. Pero la geopolítica y ciertos intereses tras la cortina sin duda pesaban. Chocaba esa organización con la definición del propio CPJ sobre lo que es un periodista: “El CPJ define a los periodistas como personas que cubren noticias o comentan asuntos públicos a través de cualquier medio de comunicación - incluso en la prensa, en fotografías, en la radio, en la televisión y en línea”. Lo que hizo Assange.

Lo central, pues, es la libertad de expresión. La Primera Enmienda de la Constitución estadounidense protege el derecho de los medios de comunicación de recibir y publicar información sensible de interés público. Lo que hizo Wikileaks. Esto fue soslayado en la sentencia anunciada el lunes y que es la clave de la cuestión y no la salud física y mental del detenido. No debería haber omitido como fundamento de la decisión judicial los principios de la libertad de expresión y el derecho del público a informarse de asuntos de interés público.

Importante, por ello, recordar ciertos principios universales como los recogidos en la Declaración Conjunta que emitieron hace algunos años el Relator de la ONU para la Libertad de Opinión y Expresión, el Representante de la OCDE en Europa para la Libertad de los Medios de Comunicación, el Relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos:No debe atribuirse responsabilidad a los periodistas que publican información clasificada o confidencial cuando no hayan cometido ilícito alguno en obtenerla. Corresponde a las autoridades públicas proteger la información legítimamente confidencial que manejan.

Peligroso que quede una bruma de ambigüedad ante un propósito que indirectamente podría legitimar el derecho de los Estados de castigar severamente a quienes brindan información de interés público y afirmar la impunidad y el secreto sobre crímenes de guerra y otros actos atroces. El presidente Biden perfectamente podría considerar indultar a Assange para cortar este dantesco círculo de acoso al estar de por medio los principios democráticos de la libertad de expresión.

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