Debate sin límites
En dos ocasiones el Tribunal Constitucional ha tenido la oportunidad de pronunciarse de forma directa sobre los límites del debate político respecto a la independencia de Cataluña. La primera, en marzo de 2014 con motivo del recurso presentado por el Gobierno contra la declaración soberanista; la segunda, esta pasada semana, en relación a la petición de suspensión del debate previsto para hoy sobre la declaración de independencia presentada por C's y PP. En ambas, el TC ha decidido por unanimidad que la cámara catalana tiene reconocido el derecho a debatir sin límite alguno sobre las propuestas encaminadas a convertir a Cataluña en un Estado independiente.
El tópico del argumentario independentista descalifica al TC como un instrumento político en manos de los partidos mayoritarios españoles y más específicamente del PP, pero no hay nada que permita deducirlo de las dos decisiones, ni de la sentencia sobre la declaración soberanista, ni de las providencias que rechazan la suspensión del primer pleno del nuevo parlamento programado para hoy lunes, perfectamente imaginables en un tribunal que no respondiera a las características y vicios que se le achacan desde el movimiento soberanista.
No está de más recordar que la sentencia contra la declaración soberanista declara “inconstitucional y nulo” el principio que atribuye al “pueblo de Cataluña (...) carácter de sujeto político y jurídico soberano”, pero como contrapartida considera aceptables dentro de la Constitución las referencias "al derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña", considerado como una aspiración política a la que se puede llegar siguiendo los principios de legitimidad democrática, pluralismo y legalidad. En la misma línea, las dos providencias de la pasada semana consideran “como uno de los fundamentos del sistema democrático que el parlamento es la sede natural del debate político” y que en consecuencia “el eventual resultado del debate parlamentario es cuestión que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate”. Para simplificar, en los órganos de representación democrática cabe debatir propuestas que desbordan el marco legal e incluso mociones que proponen su superación o anulación. Pero que todo se pueda discutir no significa que todo lo que se discuta y decida en un parlamento sea democrática y constitucionalmente aceptable.
C's y PP defendían en su recurso que no cabe ni siquiera admitir a trámite propuestas de debate que desbordan o pretendan anular la Constitución. El PSC, que considera inconstitucional la declaración y por ello la recurrió en amparo, no pidió la suspensión del debate. El resto de fuerzas, incluida al menos una parte de Catalunya Sí que es Pot, piensa que el Parlamento tiene legitimidad para discutir y también aprobar cuantas mociones y propuestas considere en la medida en que cuenta con el aval de las urnas.
Para la consejera y portavoz del Gobierno catalán, Neus Munté, es una cuestión de respeto a la libertad de expresión y al mandato democrático, aunque ambos argumentos han sido rebatidos por el TC. Respecto a la primera, el tribunal la resuelve al aceptar el debate de hoy y también en la sentencia sobre la declaración de soberanía al considerar que el texto “puede producir efectos jurídicos” y no es una mera declaración fruto de la libertad de expresión. Respecto a la segunda, el mandato democrático, el TC no entra, como es natural, a valorar los resultados electorales que, ciertamente, han proporcionado una mayoría de diputados independentistas, pero sin el aval plebiscitario de una mayoría de votos que pidieron en la campaña; pero sí coloca ciertos límites a dicho mandato a la hora de tomar ciertas resoluciones.
Las providencias del TC que autorizan el debate parlamentario de hoy recuerdan “el deber de fidelidad a la Constitución por parte de los poderes públicos”, de forma que es “a la propia Cámara autonómica a la que corresponde velar porque su actuación se desarrolle en el marco de la Constitución”, aunque añade que eso se producirá “sin prejuicio de que la última palabra, cuando así se le pida, le corresponderá a este TC”. En estos párrafos, reforzados por la unanimidad, los magistrados reivindican su autoridad última e incluyen una advertencia implícita a la presidencia del Parlament de forma que, al final de las cuentas, el choque de legimitidades será entre los 72 diputados de la mayoría independentista, encabezados por Carme Forcadell, y el TC con los poderes constitucionales en la mano para frenarla.
Todo se puede discutir en democracia, pero no todo se puede hacer en democracia. Y lo que menos, vulnerar la legalidad por mayoría simple, como en una asamblea de facultad, sin seguir las reglas legales establecidas para modificar las leyes.
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