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La Audiencia Nacional rechaza el recurso de Jorge Javier Vázquez frente a Hacienda

El presentador, que ya pagó los 800.000 euros que le reclamaba el fisco, había presentado alegaciones para demostrar legalmente que no cometió irregularidades

Jorge Javier Vázquez, presentador en Telecinco.
Jorge Javier Vázquez, presentador en Telecinco.
El País

Jorge Javier Vázquez tendrá que aceptar que Hacienda tenía razón y que la reclamación de casi 800.000 euros que le exigió el fisco era correcta. Así lo ha decidido una sentencia de la Audiencia Nacional que ha desestimado el recurso que presentó el presentador contra la cantidad impuesta, y su correspondiente multa, por la forma en la que declaró sus ingresos a través de una sociedad instrumental en los años 2005, 2006 y 2007.

Hacienda reclamó a Vázquez exactamente 796.928,81 euros en 2011. Algunos meses más tarde el presentador estrella de Telecinco regularizó su situación pero recurrió ante la Audiencia Nacional con la intención de demostrar legalmente que no había cometido las irregularidades que se le atribuían. Ahora se ha conocido a través de Voz Pópuli, que el alto tribunal sentenció el 5 de febrero de este año, que no tiene razón y que la reclamación tributaria es correcta.

Según la Agencia Tributaria Jorge Javier Vázquez había “incumplido de forma consciente la normativa reguladora del IRPF”, ya que según hacía constar era el propietario del 99,9% de la empresa Jorge Javier S.L. a través de la que facturaba sus ganancias personales en lugar de hacerlo como persona física. Un sistema que le permitía beneficiarse de que el impuesto de sociedades tributa un 25%, mientras que si hubiera declarado sus ingresos como IRPF, el porcentaje que corresponde a Hacienda puede alcanzar el 48% en Madrid.

El caso de Jorge Javier Vázquez es otro más de los muchos de este tipo en los que se han visto implicados otros famosos después de una reforma legislativa de 2002 que regulaba este tipo de prácticas. En su caso la autoridades tributarias calificaron la sanción como leve porque no vieron en la práctica ni ocultación ni otras circunstancias agravantes. A pesar de la sentencia, el presentador tiene la posibilidad de recurrirla aún a un institución superior, en este caso el Tribunal Supremo.

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