Los aparcamientos no residenciales de Madrid deberán tener puntos de carga para vehículos eléctricos en 2024
La nueva ordenanza de calidad del aire, que debe ser aprobada todavía en Pleno, preve también que la Policía Municipal multe hasta con 1.500 euros a coches que contaminen aunque tengan la ITV en vigor
El Ayuntamiento de Madrid exigirá a los aparcamientos de edificios no residenciales con más de 20 plazas al menos un punto de recarga para vehículos eléctricos por cada 40 plazas a partir del año 2024. Así está previsto en la nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS) que ha recibido hoy el visto bueno por la Junta de Gobierno municipal tras haberse sometido al trámite de información pública.
Esta dotación mínima es una novedad introducida en la ordenanza gracias a las alegaciones que se han efectuado en ese periodo de información pública tras su presentación el pasado noviembre. Del total de 136 alegaciones presentadas han quedado rechazadas 92, se han aceptado 23 y se han incluido parcialmente 21.
El texto autoriza también a la Policía Municipal y a los agentes de Movilidad a detener e inspeccionar aquellos vehículos que sospechen que contaminan más de lo normal y, en caso de reiteración, inmovilizarlo y expedir una sanción que puede llegar a los 1.500 euros. Esto ocurrirá incluso aunque tenga en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que los agentes podrán obligar a pasar puntualmente para permitir que siga circulando si se comprueba que esas emisiones se encuentran dentro de lo permitido.
La Ordenanza prevé asimismo nuevas normas de eficiencia energética para las edificaciones. Los edificios de nueva planta deberán destinar la menos el 50% de su superficie a que sea posible instalar placas solares y obtener mínimo la calificación energética B, que será A en el caso de que sean inmuebles públicos. También será obligatorio instalar la infraestructura necesaria para la recarga de vehículos eléctricos.
Además, los organizadores de eventos que superen los 5.000 asistentes tendrán la obligación de realizar una memoria que analice el impacto medioambiental y presente medidas que reduzcan los posibles impactos ambientales negativos.
La ordenanza, que fue aprobada de manera inicial el 19 de noviembre pasado, recoge también la obligación de acabar con las calderas de carbón y gasoil antes del 1 de enero de 2022. En Madrid hay todavía, según datos del Consistorio unas 200 calderas de carbón y unas 4.500 salas de calderas de gasóleo asciende.
Las infracciones por incumplimiento de la nueva ordenanza serán muy graves, con multas de hasta 3.000 euros; graves, hasta 1.500 euros y leves, hasta 750 euros. La OCAS busca adaptarse a las exigencias ambientales a nivel nacional y europeo y se enmarca dentro de la estrategia de sostenibilidad Madrid 360 que impulsa el popular José Luis Martínez-Almeida.
La nueva normativa ha de ser todavía revisada por los distintos grupos municipales a nivel de comisión como paso previo a su aprobación en el Pleno de Cibeles, al que el gobierno espera que llegue el mes que viene. El actual texto se aprobó en el Consistorio en 1985 y el equipo de PP y Ciudadanos considera que está “desfasado”, según una nota en la que dan algunos detalles de la nueva ordenanza.
Ha habido alegaciones al texto llegadas desde entidades como el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM), la Confederación Empresarial de Madrid (CEIM), Ecologistas en Acción o la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), entre otras, según informa el área de Medio Ambiente y Movilidad.
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