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El juez confirma el procesamiento de Oltra por el supuesto encubrimiento de los abusos de su expareja a una menor

El instructor, que archivó inicialmente la causa y fue obligado por la Audiencia a reabrirla, prosigue con el procedimiento para no situarse en “rebelde obstinación”

Mónica Oltra
Mónica Oltra, en la asamblea de Iniciativa-Compromís el pasado mayo.Ana Escobar (EFE)

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado un auto en el que confirma el procesamiento de la exvicepresidenta del Gobierno valenciano, exconsejera de Políticas Inclusivas y exlíder de Compromís Mónica Oltra, y otros ex altos cargos de ese departamento, por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada por parte del exmarido de Oltra, educador social. El juez, que había archivado la causa el pasado abril por falta de indicios, la reabrió en junio por orden de la Audiencia de Valencia y volvió a procesar a los acusados. Estos recurrieron esa decisión, y ahora el juzgado rechaza los recursos y confirma el nuevo procesamiento.

En un auto con fecha del jueves y al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado instructor hace suyo el razonamiento del ministerio fiscal quien —a pesar de estar de acuerdo con el archivo inicial de la causa— concluía en su informe que el sobreseimiento que pedían ahora los investigados es “un imposible procesal”, al estar todos ellos señalados “por su participación, mayor o menor, de una u otra manera, en los dos episodios en los que la Audiencia sostiene la existencia de indicios de criminalidad”. A juicio del fiscal, no atender esa orden de reapertura “situaría al instructor en una posición de rebelde obstinación frente al mandato de quien tiene atribuida legalmente la potestad revisoria de sus decisiones”.

El juez señala en el auto que “no puede sino acogerse a tal razonamiento” para desestimar los recursos de reforma presentados por cinco de los ex altos cargos investigados contra el auto de procesamiento del pasado 21 de junio. En esa resolución el magistrado instructor dictó auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado “por imperativo legal”, en aplicación del auto de la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia que ordenó reabrir la causa contra la exvicepresidenta y sus ex altos cargos.

La joven que siendo menor y tutelada por la Generalitat valenciana fue víctima de los abusos sexuales por parte del exmarido de Oltra, y que ejerce la acusación particular, reclama tres años y medio de prisión para la exvicepresidenta autonómica y 12 de inhabilitación para empleo o cargo público. La misma pena solicita Vox, que actúa de acusación popular.

Archivo y reapertura

La causa dirigida contra Oltra y otras 15 personas —una investigación que llevó a la dimisión de la dirigente valenciana en junio de 2022— fue archivada por el juzgado de instrucción en abril de este año, al no apreciar el juez delito alguno en la actuación de la exvicepresidenta ni un presunto encubrimiento de los abusos. La Fiscalía respaldó esta decisión.

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Sin embargo, dos meses después, la Audiencia de Valencia estimó parcialmente los recursos que la víctima y las dos acusaciones populares —Vox y la asociación Gobierna-te de la exdirigente ultra Cristina Seguí— habían presentado contra el archivo del caso, y ordenó reabrirlo. La Audiencia entendió que no podía descartarse “claramente” la existencia de infracción penal y que concurrían indicios suficientes para encausar a los investigados, ante la una hipótesis “plausible” de que, cuando la noticia de los abusos llegó a la Consejería de Igualdad, “las personas que tuvieron conocimiento de los hechos y bajo cuya protección y tutela se encontraba la menor, habrían pretendido ocultarlos”.

Según la Audiencia, deberá ser en el acto del juicio oral, y no antes, cuando se diluciden las cuestiones relativas a las concretas circunstancias en las que tuvieron lugar los hechos y la calificación que los mismos merecen. Así mismo, el tribunal apreció indicios de la posible comisión de delito en la formación de un expediente informativo, una vez ya estaba judicializado el asunto, con la finalidad de determinar la veracidad de las acusaciones efectuadas por la menor.

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