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Un juzgado anula un inciso del reglamento de la Universitat de València de comunicación interna en valenciano

El tribunal estima el recurso presentado por seis catedráticos contra la modificación de la norma por considerar que obliga a relacionarse solo en la lengua autóctona

Estudiantes de la Universitat de València.
Estudiantes de la Universitat de València.Mònica Torres
El País

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 5 de Valencia ha estimado un recurso presentado por seis profesores de la Universitat de València contra la modificación del Reglamento de Usos Lingüísticos de la institución académica en virtud de la cual las comunicaciones y la documentación interna de la Universidad se redactarían sólo en valenciano, según la interpretación de los recurrentes, ahora avalada por el juez Marcos Marco.

El tribunal declara nulo el siguiente inciso acordado por el Consell de Govern de la Universitat el 8 de junio de 2023, que modificaba el artículo 10 del citado reglamento: “Atès el deure estatutari de conèixer la llengua pròpia de la Universitat, es redactaran en valencià totes les comunicacions i documentacions que s’adrecen exclusivament al personal de la Universitat de València (PDI, PAS, PIF i qualsevol altre personal contractat), sense perjudici dels drets lingüístics reconeguts en la legislació vigent”.

Los recurrentes aportaron dos escritos de los servicios de la Universitat para acreditar que no se les había remitido la documentación también en castellano. Uno de ellos fue un recurso de reposición interpuesto por los recurrentes en lengua castellana, cuya “resolución fue comunicada exclusivamente en valenciano”, recoge la sentencia. “La Universidad afirma que se trató de un error, pero lo cierto es que no consta ningún elemento que apunte en esa dirección y tal actuación se enmarca en la misma línea de proceder a las comunicaciones y traslado de documentación exclusivamente por una de las dos lenguas cooficiales atendiendo a lo recogido en el citado artículo 10″.

La sentencia, en la que cabe recurso de apelación, considera que “aceptar la presencia en el precepto de una cláusula sin perjuicio, que se introdujo como resultado del informe del servicio jurídico para salvar la legalidad de la norma”, según indica el juez, “obviaría todo lo razonado con anterioridad al abrir la posibilidad de redactar las comunicaciones y documentación en las dos lenguas oficiales, no garantiza el principio de seguridad jurídica recogido en el artículo 9. 3 y de la Constitución, ya que la literalidad del precepto conduce a prácticas que, como se ha constatado, postergarían a una lengua oficial frente a la otra”.

Por ello, el juez estima el “recurso contencioso administrativo interpuesto por Dª. Remedio Sánchez Ferriz, D. Roberto Alfonso Viciano Pastor, D. Vicente Garrido Mayol, D. Lorenzo Cotino Hueso, Dª María José Ridaura Martínez Y D. Göran Rollnert Liern, contra la resolución de la rectora de la Universidad de Valencia de fecha 6 de octubre de 2023, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de Valencia (nº 146/2023), de fecha 8 de junio de 2023, por el que se modifica el art. 10 del Reglamento de Usos Lingüísticos de la Universitat de Valencia, acuerdo que anulamos por no ser conforme a derecho, con condena en costas a la demandada”. La sentencia condena a pagar “una cuantía máxima de 1500 €, sin inclusión del IVA” a la Universitat. La institución académica esta estudiando la sentencia para valorar la presentación de un recurso.

Los seis demandantes son catedráticos del Departamento de Derecho Constitucional y Ciencia Política de la Universidad de Valencia. “Lo que pedíamos -y el juez nos han dado la razón- es que, sin perjuicio de la promoción del valenciano, las comunicaciones y la documentación interna de la Universidad se redacten en las dos lenguas cooficiales”, ha señalado Göran Rollnert a este periódico.

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