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“Vas a llorar lágrimas de sangre”. Un jurado decide si el suicidio de un joven tras recibir cientos de mensajes de un hombre es o no un homicidio

El adolescente se quitó la vida tras recibir solo en tres horas 119 mensajes, que siguieron llegándole después de muerto. No se conocían, se encontraron en una página de contactos

María Fabra
Imagen de una de las sesiones del juicio por homicidio a un menor que se suicidó, celebrado en la Audiencia Provincial de Castellón. A la derecha, el acusado.
Imagen de una de las sesiones del juicio por homicidio a un menor que se suicidó, celebrado en la Audiencia Provincial de Castellón. A la derecha, el acusado.Imagen cedida por À Punt

Sus padres y amigos describen a Iván como un chico normal, de 17 años. Iba al instituto, jugaba al fútbol, iba al conservatorio a recibir clases de piano, pertenecía a una peña y salía con sus amigos. Quería ser antidisturbios. Un día entró en una página de contactos y comenzó a hablar con un hombre, casi 40 años mayor que él. Luego debió de arrepentirse y dejó de contestarle. Entonces, el hombre empezó a mandarle mensajes de Whatsapp: “Te voy a enseñar a no hacer perder el tiempo”, “te voy a enseñar a no fastidiar”, “voy a por ti”, “lo sentirás porque mañana por la mañana esto estará en manos de mi abogado”, “te juro que te vas a comer un buen marrón”, “voy a arruinar a tus padres por tu culpa” fueron algunas de las frases que le envió. El hostigamiento duró siete horas. Durante solo tres de ellas, le envió 119 mensajes. Iván contestó a algunos. Primero pidiendo disculpas: “No lo volveré a hacer”; después, suplicando: “Por favor, no lo hagas”, “haré lo que quieras”; y, finalmente, advirtiéndole de que se quitaría la vida, algo que mencionó hasta en 11 ocasiones. Los mensajes del hombre no pararon. “Si te suicidas les dejarás el marrón a tus papás”, “vas a llorar lágrimas de sangre delante de los jueces y de tus padres”, fueron algunas de las respuestas de acoso que encontró.

Momentos después, a las 18.40 horas del 1 de diciembre de 2016, Iván se arrojó al vacío desde una azotea. En sus bolsillos llevaba la cartera, las llaves de la terraza y el teléfono. Hasta ocho meses después, cuando se produjo el volcado del contenido del móvil, no se descubrió el asedio al que había sido sometido. Para los padres de Iván fue un momento en el que se juntaron los sentimientos de “alivio y rabia”, tal como lo describen ahora. Alivio porque ya tenían un porqué; rabia porque había un quién.

La Audiencia de Castellón ha juzgado estos días a Vicente Paradís, un hombre de 62 años, acusado de un delito de homicidio pese a que nunca coincidió con el menor. Aunque no son computables en una nueva condena, tiene antecedentes por un delito de abuso sexual cometido en 2004 en Alicante. Durante las siete jornadas que ha durado el juicio, Paradís, un hombre enjuto, de mirada distante y ojos entreabiertos, se ha mostrado imperturbable. Ante las cámaras de televisión, ha sonreído. Los forenses lo han definido como una persona “simple” y con un grado intelectual bajo, sin ninguna enfermedad que le impida ser consciente de sus actos. Las palabras de su abogada han provocado, en alguna ocasión, llantos entre los familiares del menor que él ha seguido con un leve giro de cabeza y una mirada de reojo. Y, en la espera al inicio de cada jornada, no le ha importado pasar por al lado de los padres de Iván. Incluso con una actitud de desprecio.

Desde este miércoles, seis hombres y tres mujeres se encerrarán a deliberar sobre el caso. La acusación, tanto del fiscal como de la acusación particular, que representa a sus padres y hermano, se centra en una doctrina llamada de imputación objetiva que el Tribunal Supremo explica así: “La esencia de la teoría de la imputación objetiva radica en la idea de que el resultado lesivo debe serle imputado al acusado siempre y cuando dicho resultado sea la consecuencia o realización de un peligro jurídicamente desaprobado creado por aquel, pues si la víctima no se hubiera encontrado en la situación creada por el autor, no se hubiera producido el resultado que finalmente tuvo lugar”.

La doctrina de la imputación objetiva no es una teoría ampliamente conocida y, aunque puede resumirse en la atribución de una acción a un resultado, en ella se implican otros aspectos jurídicos. En el caso de un homicidio, la peculiaridad es mayor, puesto que la definición de homicida como “el que matare a otro” que indica el Código Penal está llena de particularidades. Por ello, y ante un jurado popular inexperto en cuestiones jurídicas, las acusaciones que, durante toda la instrucción del caso e incluso durante todo el juicio, han culpado a Paradís de homicidio optaron en su calificación final por incluir una acusación subsidiaria. Es decir, si los miembros del jurado consideran que no se lo puede considerar culpable de homicidio a secas, las acusaciones piden que lo declaren autor de un homicidio imprudente, “el que por imprudencia grave causare la muerte de otro”, más fácil de entender.

La defensa niega la autoría; la conversación. Alega fallos en la cadena de custodia del teléfono y pide la absolución de Paradís. “¿Quieres saltar ahora?”, “tú te metiste en este problema y lo vas a pagar”, “tengo toda la conversación y la voy a publicar con tu número de teléfono”, “eres menor, mejor para mí, por meterte en una página de mayores”, “si eres menor, tengo las de ganar”, “haber visto Bob Esponja y no esto”, “ahora me río yo”, “atente a las consecuencias” “ahora te empieza a ti el malestar”, “menudo escándalo te voy a liar”, “pobre de ti, la que te va a caer encima”, “ya te tienen rastreado, un besazo colega” son otros de los mensajes que recibió Iván. Para el fiscal no hay dudas: “Esta situación de permanente hostigamiento y chantaje emocional provocó que el menor se suicidara arrojándose al vacío en el patio interior del edificio de su domicilio”. Incluso después del suicidio, el acusado siguió enviándole mensajes similares y fotos, simulando haberlo denunciado en la Ciudad de la Justicia de Valencia.

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Los mensajes escritos se intercalaron con mensajes de audio del menor, pidiendo perdón, suplicando, llorando… “por favor, por favor”. El último mensaje de Iván fue: “Vale”. “El acusado creó el riesgo, se le advirtió de la consecuencia que podía tener su actitud y aceptó la posibilidad del resultado de muerte”, explicó el martes el fiscal, que hizo hincapié en que el acusado, en ningún momento, rebajó la intensidad de las amenazas y que ejerció una “influencia vital” en la muerte de Iván. “El menor no se encuentra entre nosotros por culpa del acusado”, resumió.

Para la acusación particular, Paradís no solo creó ese riesgo, sino que lo hizo con un abuso de superioridad, una circunstancia que se considera agravante. “El menor no sabía que no tenía ninguna posibilidad de denunciarlo ni de arruinar a sus padres”, argumentó.

La defensa ha pedido el martes al jurado que valoren dos posibilidades: la primera, que Paradís no fue quien envió los mensajes, aunque salieron de su teléfono que, según dijo, prestó a alguien durante más de un día; la segunda, que el teléfono fue manipulado. Respecto a la primera opción, la letrada lidió con el informe de una psicóloga, realizado al principio de la instrucción, ante la que el acusado no solo admitió ser autor de la conversación, sino que se arrepintió de haberla tenido. “Igual es que él no entendía lo que le estaban preguntando”, cuestionó la abogada para tratar de rebatirlo. Además, alegó que el acusado no estaba acompañado por su letrado, aunque la ley no lo exige.

Sobre la segunda de sus tesis, la abogada esgrimió: “No digo que fuera la policía la que modificara la conversación, sino que alguien de fuera pudo hacerlo”. La defensa considera que los ocho meses que estuvo el teléfono en comisaría, cuando el caso no se investigaba como nada más que un suicidio, debió estar vigilado “las 24 horas del día y no en el armario, aunque fuera cerrado, de un inspector”. “La prueba está contaminada”, arguyó. Aun así, en su alegato final, afirmó en varias ocasiones: “el acusado no mató al menor, el menor se suicidó”, en contraposición con la teoría de la imputación objetiva que argumentan las acusaciones.

La acusación dibuja a un adolescente "normal"; la defensa, a un niño problemático

“Era un buen chaval. No tenía maldad y no merecía, por estar descubriendo su sexualidad, que se le arrebatara la vida”. El abogado de la acusación que representa a los padres y al hermano de Iván, el joven que se suicidó tras recibir 119 mensajes de hostigamiento, desveló durante la sesión del martes que conocía al fallecido. Fue en el momento en el que recordó un entierro repleto de familiares, amigos y compañeros, el mismo momento en el que sus padres, en la sala del jurado de la Ciudad de la Justicia de Castellón, rompieron a llorar. La madre abandonó la sala. “Era un adolescente normal”, argumentó también el fiscal. Sus palabras respondieron a la intención de la defensa del acusado, Vicente Paradís, de dibujar a un menor problemático, retraído, con una "doble vida" y consumidor de hachís. 
Iván, según sus amigos, fumaba algún porro, “cuando salía de fiesta o los fines de semana”. “Tenía hábitos de consumo”, dijo la abogada del acusado, pese a que el informe toxicológico que se le practicó al menor tras su muerte dio negativo en estupefacientes. “Mentía a sus padres”, afirmó, porque las conversaciones con sus amigos desvelaron que un día les dijo que iba a la peña y fue a otro sitio. “Aparentemente, era un niño normal, pero se juntaba con ambientes nada recomendables”, esgrimió. “Algo le pasaba, tenía problemas”, dedujo de las declaraciones de sus amigos, que expusieron que Iván no iba contando su vida, que era un poco retraído. Las palabras de la letrada produjeron el martes, también, la reacción del padre y el hermano de la víctima, a los que el magistrado presidente invitó a abandonar la sala. 
La última persona que habló con Iván fue su prima, que ha testificado en el juicio. Fue una hora antes de que se arrojara al vacío desde la azotea de su casa. Le contó que había “un tío” que lo estaba amenazando, pero no quiso decirle más. 

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