Denegada la amnistía a un ‘mosso’ investigado por lesiones en protestas por el ‘procés’ en 2019
El tribunal determina que antes hay que celebrar un juicio oral para aclarar los hechos

La sección séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha denegado la aplicación de la Ley de Amnistía a un agente de los Mossos d’Esquadra investigado por presuntas lesiones y malos tratos a un manifestante en octubre de 2019 en protestas relacionadas con el procés, tras impactarle a este un proyectil de foam en la pierna.
El tribunal ha estimado el recurso de apelación presentado por Irídia -Centre per la Defensa de los Drets Humans, en representación del manifestante- y ha revocado la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 que había acordado el archivo de la causa por aplicación de la amnistía, informa Irídia en un comunicado.
El tribunal destaca que la causa se había abierto e investigado por posibles malos tratos policiales -trato inhumano o degradante- y establece que no se puede aplicar la amnistía sin celebrar antes el juicio oral, que debe permitir determinar la naturaleza de los hechos y si pueden quedar excluidos de la Ley.
El caso investiga la lesión sufrida por un manifestante durante el 18 de octubre de 2019, en protestas relacionadas con el procés, cuando recibió el impacto de un proyectil de foam en la pierna y otro que le impactó en la mochila. La investigación, después de la imposibilidad de identificar al agente autor de los rasgos, se siguió contra el superior jerárquico del agente, como último responsable de la actuación del mismo.
El tribunal apunta que no se puede descartar que se hiciese uso del proyectil de foam sin que concurrieran las condiciones que permitían su autorización y, además, desde Irídia señalan que los hechos ocurrieron fuera de la zona de las protestas, “poniendo en cuestión la justificación policial basada en el contexto de desórdenes públicos”. “Con esta decisión, el tribunal rompe la hegemonía interpretativa sobre la aplicación automática de la Ley de Amnistía y abre la puerta a excluir de su cobertura los casos de violencia policial, tal y como ha sostenido desde un inicio Irídia”, apunta la organización, que ve en la decisión un precedente relevante.
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