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Absuelto el motorista acusado de atropellar mortalmente a un menor ante la escuela Grèvol de Barcelona

La defensa recurrirá el fallo de un caso que dio lugar al programa municipal que protege los entornos escolares

Absuelto el motorista acusado de atropellar mortalmente a un menor ante la escuela Grèvol de Barcelona
La calle de Provençals, donde está ubicada la escuela Grèvol, donde estudiaba el menor que fue atropellado mortalmente en 2019.Massimiliano Minocri
El País

El Juzgado Penal número 6 de Barcelona ha absuelto, de acuerdo con la petición del ministerio fiscal, al motorista acusado de atropellar mortalmente a un menor a la salida de la escuela Grèvol en octubre de 2019 en la calle de Provençals de Barcelona. La sentencia entiende que el motorista no tuvo tiempo de ver al pequeño Hugo, que salió corriendo entre dos coches, aunque la familia del niño señala que circulaba a una velocidad superior a la permitida. Este caso, gracias a la tenacidad del padre del niño, Walter Brandán, dio lugar al programa del Ayuntamiento de Barcelona que protege los entornos escolares y al movimiento Revolta Escolar. La defensa recurrirá el fallo ante la Audiencia Provincial.

Los hechos ocurrieron a mediodía del 14 de octubre de 2019, sobre las 13.15 horas, cuando el motorista “hallándose en plenas facultades, sin haber ingerido alcohol ni drogas”, conducía su moto por el segundo carril de la calzada de la calle de Provençals de Barcelona, dirección montaña. A la altura del número 9 de esa calle, donde había un límite de velocidad de 40 kilómetros por hora al tratarse de una zona escolar y “estando debidamente señalizada”, un menor de cinco años estaba en la acera de la calle con su madre esperando a que sus hermanos salieran del colegio, y en un momento dado soltó la mano de su progenitora e irrumpió en la calzada, a través de los coches que estaban estacionados.

El menor cruzó el primer carril donde se hallaba un vehículo parado en doble fila que obstaculizaba el paso, y tardó menos de dos segundos en alcanzar el segundo carril por el que circulaba el acusado, a unos 50 kilómetros por hora, sin que tuviera “tiempo suficiente para percatarse de la presencia del menor y reaccionar ante ella”. “El conductor tenía limitada su visibilidad por los coches estacionados y por el coche parado en doble fila, y acabó atropellando al niño y cayendo de la moto, que arrastró al acusado y al menor varios metros; como consecuencia del accidente, el niño murió sobre las 15 horas.” prosigue el texto.

La magistrada, tras oír y analizar las testificales en el juicio oral y las periciales aportadas, concluye que “ante la falta de prueba de cargo suficiente de los hechos que integran el tipo delictivo por el que acusa la acusación particular” se declara la libre absolución del acusado por el delito de homicidio por imprudencia grave, que podría suponer una pena de tres años de cárcel. Además, también absuelve a la compañía Generali España (aseguradora de la moto del acusado) como responsable civil directo.

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