La oferta de alquiler en Barcelona se duplicó en 2020
El Govern alerta de que hasta 4.000 familias podrían quedarse sin la protección de un alquiler social por la anulación del decreto de vivienda por parte del Tribunal Constitucional
La pandemia de coronavirus ha tenido un claro impacto en la oferta de las viviendas en alquiler. El trasvase de pisos turísticos y de alquiler vacacional a contratos de alquiler tradicional, junto con la falta de estudiantes y la paralización del mercado en general hicieron que, en el año 2020, la oferta de viviendas para arrendar fuera en Cataluña un 60% superior a la del año anterior, mientras que las compraventas cayeron, según los datos de los agentes inmobiliarios. En el caso de Barcelona ciudad, la oferta de alquiler se duplicó en un solo año.
En el encuentro Tribuna Immoscòpia, organizado este viernes por los Colegios y Asociación de Agentes Inmobiliarios (API), había muchos temas sobre la mesa. El sector inmobiliario está muy estancado si lo comparamos con el dinamismo que estaba recuperando antes de la pandemia, pero esta semana ha estado de mucha actualidad. La anulación, por parte del Tribunal Constitucional, del decreto del Govern de medidas urgentes para el acceso a la vivienda, así como la admisión a trámite del recurso del PP contra la ley que regula los alquileres han alegrado al sector inmobiliario, que acusan a la administración de intervenir demasiado en el mercado.
La alegría les llega en un momento en el que la oferta de alquiler y de compra ya da muestras del impacto que ha tenido la pandemia. Primero fueron los arquitectos, que mostraron que los visados (el permiso para empezar un proyecto) para vivienda nueva que otorgó el Colegio Oficial de Arquitectura en el año 2020 fueron un 40% inferiores en Barcelona con respecto al año anterior. Después, los constructores señalaron que la licitación oficial de obras en Cataluña fue un 23% menor que la del año 2019. Y este viernes han sido los agentes inmobiliarios los que detallaron los cambios de su segmento como consecuencia de la pandemia.
En el conjunto de España, la oferta de vivienda de alquiler aumentó un 50% en el año 2020 con respecto al año anterior. El porcentaje es mayor (un 60%) en Cataluña, donde hay un mayor protagonismo del alquiler turístico que, con la pandemia y el desplome de los viajeros, se ha reconvertido en alquiler de larga duración.
Pero es en la ciudad de Barcelona donde más se percibe esta tendencia. En un solo año la capital catalana duplicó su oferta de vivienda de alquiler, mientras que Madrid la aumentó un 80%. El precio del alquiler en Barcelona, según los datos del portal inmobiliario Idealista publicados a finales del año pasado, cayó un 9,4%, el mayor descenso interanual de las grandes ciudades españolas.
4.000 familias vulnerables
La decisión del Tribunal Constitucional de anular el decreto ley 17/2019, de medidas urgentes en materia de vivienda, ha soliviantado al Gobierno catalán. El consejero de Territorio, Damià Calvet, impulsor de esta norma que protege a las familias vulnerables y amplía las posibilidades de acceder a un alquiler social, ha acusado a los magistrados de “destruir” el escudo social y de dejar sin protección a entre 3.000 y 4.000 familias que están pendientes de desahucio. El Govern también se prepara también para un nuevo golpe que podría llegar la semana que viene: el Constitucional admitió a trámite el jueves el recurso del PP contra la ley 11/2020, que regula el precio de los alquileres, y se espera que se pronuncie en los próximos días.
La decisión del Tribunal Constitucional ha llegado justo al inicio de la campaña para las elecciones catalanas del 14 de febrero, y en medio de una pandemia que ha disparado la crisis económica y social. El Govern todavía no conoce el abasto de la decisión, ya que el Tribunal no ha publicado la sentencia, cuyo contenido se hizo público parcialmente a través de la agencia Efe. El principal motivo por el que se anula el decreto ley 17/2019 es un defecto de forma: el Constitucional considera que, en este caso, no está justificado el uso del decreto ley, y tendría que haberse vehiculado a través de una norma con rango de ley.
“Yo niego la mayor: la fórmula del decreto ley, convalidado por el el Parlament, es completamente válida. Si el Gobierno del Estado puede usarlos, ¿por qué nosotros no? Es por este menosprecio patológico a la soberanía catalana. El Constitucional, a través de vetar la forma, tumba el contenido, ya que no quiere que Cataluña tenga competencias avanzadas en materia de vivienda”, ha dicho Calvet en una comparecencia telemática. El consejero defiende la fórmula del decreto para abordar problemáticas urgentes como es la de la emergencia habitacional.
Este decreto, que se fraguó en el Govern tras varios desencuentros entre sus socios, Junts per Catalunya y ERC, se aprobó a finales de 2019 y fue convalidado en el Parlament con el voto a favor de los comunes y la abstención del PSC. Ya entonces, el Consell de Garanties Estatutàries, el órgano de la cámara catalana que vela por la constitucionalidad de las normas, avisó que varios artículos del decreto eran insconstitucionales. “Queremos denunciar también la inacción del Gobierno del PSOE y Unidas Podemos, ya que estábamos teniendo reuniones para acabar de ajustar este decreto y que todos los artículos fuesen constitucionales. Si estas negociaciones hubiesen llegado a buen puerto, quizá esto hubiese influido en la decisión del Constitucional”, ha dicho Calvet.
Las entidades sociales que presionaron para conseguir esta norma (entre ellas, la PAH y el Sindicato de Inquilinos) avisan de que el Parlament que surja de las próximas elecciones tiene que abordar este asunto. Calvet ha asegurado que así será, y que se impulsará una proposición de ley que recupere este escudo social.
El decreto ampliaba la cobertura de leyes de vivienda anteriores, y especialmente de la ley 24/2015. La anulación por parte del Constitucional implica varias consecuencias: dificulta la capacidad de las administraciones para poner multas sobre viviendas vacías de fondos de inversión y bancos; anula el refuerzo de alquiler social obligatorio, que se equiparaba a la LAU y pasaba los contratos de tres a siete años; anula la obligación de ofrecer un alquiler social, o de prorrogarlo, cuando termine un contrato de una familia que acredite vulnerabilidad; y anula la obligación, para los grandes tenedores, de ofrecer un contrato de alquiler social a las familias vulnerables que hubiesen ocupado ilegalmente uno de sus pisos. Además, el decreto ampliaba las reservas de suelo destinadas a vivienda protegida, actualizaba las tarifas para hacer más atractiva la construcción de vivienda de protección social, y permitía la construcción de alojamientos temporales en suelos públicos o privados que estén destinados a equipamientos.
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