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El fiscal general solo podrá acudir al Tribunal Constitucional una vez quede inhabilitado

El Supremo ha condenado a García Ortiz a la pena de multa e inhabilitación por revelación de datos reservado

Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, durante su declaración.
Irene Dorta

El Tribunal Supremo ha decidido condenar por mayoría al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de datos reservados a la pena de multa de 7.200 euros y a inhabilitación especial para el cargo de jefe del Ministerio Público por el plazo de dos años. Esta inhabilitación será efectiva cuando se notifique la sentencia que, de momento, no está escrita. La Sala de lo Penal ha adelantado únicamente el fallo que suscriben cinco de los siete magistrados que formaban el tribunal. A partir de entonces, el fiscal tiene 20 días para presentar un incidente de nulidad y después acudir al Tribunal Constitucional.

Según distintos juristas consultados por EL PAÍS, la sentencia —que rubricarán el presidente del Tribunal, Andrés Martínez Arrieta y los magistrados Manuel Marchena, Antonio del Moral y Carmen Lamela— es inapelable dentro del propio Supremo. “La sentencia, pendiente de redacción, surtirá efectos a partir de su notificación en legal forma”, describe la providencia que se ha dictado este jueves. Únicamente cabe, por tanto, la presentación de un incidente de nulidad, que es un procedimiento excepcional para impugnar resoluciones judiciales en firme, y que se trata, en realidad, de un mero trámite que muy rara vez fructifica. La ley establece que, si se desestima la solicitud, se condena al solicitante al pago de todas las costas y, si el tribunal entiende que la petición fue movida por “temeridad”, puede además imponerle una multa de 90 a 600 euros.

Fuentes jurídicas consultadas entienden que es preciso que García Ortiz agote todas las vías de la jurisdicción ordinaria antes de recurrir al Tribunal Constitucional. Como en este caso la sentencia parte del Supremo, consideran que el fiscal general tendría que presentar un incidente de nulidad ante el alto tribunal antes de acudir al órgano de garantías.

En caso de acudir al Tribunal Constitucional, el órgano que dirige Cándido Conde-Pumpido resolverá sobre la vulneración de derechos que chocan con la propia constitución. El fiscal general puede presentar un recurso de amparo alegando lo que considere, en función de los argumentos que describan los magistrados en la sentencia final.

Uno de los puntos más controvertidos y que ya García Ortiz trató de apuntar durante la instrucción fue la desproporción de haber acordado una entrada y registro en el despacho del fiscal general. Además, la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil volcó su teléfono de forma íntegra y no se adaptó al marco temporal que impuso el magistrado instructor Ángel Luis Hurtado para conocer si la filtración del correo del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid había salido de sus dispositivos electrónicos. Habrá que ver, por tanto, si el material incautado en su registro y en el de la jefa fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez (que estuvo imputada al inicio de la investigación), ha sido determinante para la condena y si así el fiscal puede utilizar esta vía en el recurso de amparo.

Más allá del Tribunal Constitucional, el fiscal puede seguir avanzando hacia el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo.

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Sobre la firma

Irene Dorta
De Tenerife. Ha trabajado en el área de tribunales e investigación de 'El Independiente' y 'La Razón'. Participó en el equipo de investigación del documental del Pequeño Nicolás para Netflix. Premio a mejor periodista joven de la APM 2024. 
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