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La pareja de Ayuso pide al Supremo que eleve a 300.000 euros la fianza impuesta al fiscal general

González Amador asegura que “jamás” ha exisido “una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa”

Alberto González Amador, en una imagen de archivo.
Reyes Rincón

El empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, ha pedido al Tribunal Supremo que duplique el importe de la fianza que le impuso al fiscal general del Estado tras la apertura de juicio oral contra él por un presunto delito de revelación de secretos. El magistrado Ángel Hurtado ordenó a Álvaro García Ortiz el pago de una fianza de 150.000 euros para hacer frente a las posibles responsabilidades económicas que se le puedan imponer en caso de condena, pero González Amador pretende que el juez eleve esa cifra a 300.000 euros, la cantidad que la defensa del empresario reclamó en su escrito de acusación.

Otra de las acusaciones personadas contra el fiscal general, la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) ha recurrido la decisión del instructor de no suspender en el cargo al jefe del Ministerio Público.

La apertura de juicio oral acordada la semana pasada por Hurtado no es recurrible, por lo que García Ortiz se sentará en los próximos meses en el banquillo por la supuesta filtración de un correo electrónico enviado por el abogado de la pareja de Ayuso a la Fiscalía en el que admitía que su cliente había cometido dos delitos fiscales y proponía un pacto que le librara de la cárcel. Pero otras medidas acordadas por el instructor en ese auto, como la fianza a García Ortiz o el rechazo a suspenderle en el cargo (solicitada por APIF) sí pueden ser impugnadas.

El fiscal general, según fuentes de su entorno, prevé recurrir la fianza al considerarla demasiado elevada y porque, para calcular el importe, el instructor tuvo en cuenta, además de una posible indemnización a González Amador, “otras responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse, como costas o la multa contemplada para el delito de revelación de secretos”, a pesar de que el Tribunal Constitucional declaró expresamente hace dos años que era inconstitucional incluir esa multa en el cálculo. No obstante, el recurso del fiscal no suspende la obligación del pago de la fianza, por lo que García Ortiz tendrá que consignar ese importe (en efectivo, con transferencia o con un aval hipotecario) en los próximos días.

Quienes sí han recurrido ya son la defensa de González Amador, que ejerce la acusación particular, y la Apif, una de las acusaciones populares. La pareja de Ayuso reclama al juez que acuerde una fianza de 300.000 euros, por “las lesiones procesales y los daños extraprocesales personales, familiares, profesionales y empresariales son continuos durante ya más de 550 días”. “Jamás ha existido en nuestro sistema jurídico y constitucional una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa, lesiva y significativa derivada del comportamiento del entonces fiscal general del Estado”, sostiene el abogado de González Amador, que culpa al fiscal general de que dirigentes políticos y parte de la opinión pública se refieran a él como “defraudador confeso”.

“Siendo la lesión continuada y actualizada diariamente con la intensidad propia del relato político que persigue desde su origen, la indemnización de los continuos perjuicios morales no debe valorarse en un importe inferior a 300.000 euros”, señala el abogado. Además, González Amador abre una puerta a Hurtado para que corrija el “error” de incluir en el cálculo de la fianza la multa que podría acarrear el delito de revelación de secretos. El abogado del empresario no menciona en su auto que este sea un criterio inconstitucional, sino que asegura que Hurtado realmente no ha tenido en cuenta el importe de esa hipotética multa porque, de lo contrario, la cifra impuesta debería haber sido mucho más elevada.

La Apif, por su parte, ha vuelto a reclamar la suspensión cautelar de García Ortiz del cargo del fiscal general, una medida que Hurtado ha rechazado. Según explicó el instructor, “existe una regulación para acordar la suspensión de cualquier miembro de la carrera fiscal por vía administrativa, que no contempla la del fiscal general del Estado” porque el jefe del Ministerio Público no forma parte de la carrera fiscal. “Hay, pues, un vacío legal sobre este particular”, señaló Hurtado, quien, no obstante, acuerda enviar su auto a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que tome la decisión que considere.

Para esta asociación de fiscales, es un “agravio comparativo agravio comparativo imposible de justificar en términos lógicos” que el jefe del Ministerio Público no sea suspendido del cargo. Además, según la Apif, mantener en el cargo a García Ortiz “provocaría otras tantas situaciones anómalas”, como ya ocurrió en la apertura del año judicial. La Apif ha presentado su recurso directamente ante la Sala de Apelación, por lo que será esta la que tendrá que responder si, como es previsible, mantiene el criterio del instructor o lo corrige.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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