El CGPJ enviará al Congreso dos propuestas contradictorias sobre la elección de los vocales
Las posturas opuestas de progresistas y conservadores impiden consensuar una fórmula, como reclamaron el PSOE y el PP
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha confirmado este miércoles lo que ambos grupos venían transmitiendo desde hace días: progresistas y conservadores mantienen posturas opuestas sobre cómo deben elegirse los 12 vocales jueces de ese órgano, por lo que no han podido cumplir con el mandato de enviar al Congreso una propuesta sobre el sistema de elección del Consejo refrendada por una mayoría de tres quintos, como les encomendó la ley pactada entre el PSOE y el PP el verano pasado tras pactar la renovación del CGPJ. En su lugar, los dos grupos mandarán un documento que recoja los modelos opuestos que defiende cada bloque: el de los progresistas basado en la elección por parte del Parlamento, aunque con un proceso electoral previo entre jueces; y el de los conservadores, con elección directa por parte de la carrera judicial, sin intervención del Congreso y el Senado.
El acuerdo alcanzado en junio pasado por el PSOE y el PP para renovar el CGPJ incluyó una ley orgánica que obligaba a los nuevos vocales a elaborar un informe que analizara los sistemas europeos de elección de los Consejos análogos al español y a formular una propuesta de reforma del sistema de elección de los 12 vocales jueces (la designación parlamentaria de los otros ocho, juristas de prestigio, está blindada en la Constitución). La ley imponía cuatro condiciones: que la propuesta fuera aprobada por tres quintos del pleno; que contemplara “la participación directa de jueces y magistrados”; que pudiera ser “evaluada positivamente por el informe del Estado de derecho de la Comisión Europea”; y que establezca “un Consejo General del Poder Judicial acorde con los mejores estándares europeos”.
Un grupo de trabajo coordinado por cuatro vocales (dos progresistas y dos conservadores) ha trabajado desde octubre para lograr un texto común, pero la posibilidad de pactar una propuesta conjunta sobre el sistema de elección de los vocales jueces encalló hace semanas. El plazo acaba este jueves, 6 de febrero, por lo que la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, convocó para este miércoles un pleno extraordinario para tratar de buscar una salida. Finalmente, lo único que han podido consensuar los dos grupos es cómo plasmar su desacuerdo: cada bloque ha presentado su propuesta para reformar el sistema de elección del CGPJ, y ambos documentos se enviarán juntos al Gobierno y al Congreso precedidos por una entradilla y acompañados de otro informe que elaboró el gabinete técnico como base para el trabajo de los vocales. Los vocales han pactado enviar también las dos propuestas a la Comisión de Venecia, un órgano consultivo del Consejo de Europa.
En un comunicado emitido tras el pleno, el CGPJ defiende que el envío de un documento con varias alternativas atiende a “la sugerencia” expresada el pasado 18 de septiembre por el excomisario de Justicia de la Comisión Europea, Didier Reynders, durante la reunión que mantuvo ese día con la presidenta y vocales del Consejo General del Poder Judicial. En la rueda de prensa que ofreció tras el encuentro, el excomisario europeo manifestó que lo idóneo sería que el CGPJ diera “distintas opciones” de reforma porque cuando se trata de un acuerdo político siempre es más “fácil” alcanzarlo si hay alternativas sobre la mesa. “Si solo propones una opción, será difícil a las fuerzas políticas decir sí o no. Pero si propones varias será posible dialogar”, señaló.
Las discrepancias entre los dos bloques no se limitan al sistema de elección de los vocales jueces, sino que, según los documentos que ambos han presentado en el pleno, difieren incluso sobre cómo interpretar la literalidad de la ley. Para los conservadores, el hecho de que la propuesta deba implicar “la participación directa de los jueces” en la elección de los vocales supone que estos sean elegidos directamente por los jueces, mientras que los progresistas creen que esa redacción da margen para negociar una fórmula mixta de la que forme parte el Parlamento.
Ambos sectores chocan también sobre cuáles son “los mejores estándares europeos” a los que debe ajustarse la propuesta. Los conservadores aluden a informes de órganos dependientes o integrados en el Consejo de Europa, como la comisión de Venecia o el grupo de Estados contra la corrupción (Greco), que han recomendado a España que reforme el sistema de elección para que el Parlamento no participe en el proceso. Pero los progresistas consideran que esos no son documentos vinculantes y advierten de que no hay ninguna norma o jurisprudencia de los tribunales europeos que imponga esa forma de elección del Consejo.
“Aunque el Informe sobre el Estado de derecho de la Comisión Europea parece, implícitamente y de forma tangencial, aceptar como parámetro el de la Comisión de Venecia y el GRECO de los ‘jueces eligen al menos a la mitad de los jueces’, lo cierto es que nosotros entramos en la UE con un sistema de elección, hemos seguido con un sistema parlamentario, no se ha puesto en duda directamente el sistema parlamentario y no se nos ha exigido nunca un cambio que suponga que los jueces elijan a los jueces. Esto iría en contra del principio de autonomía institucional”, señalan los progresistas.
“Ni los tribunales europeos, ni los organismos consultados, ponen en duda la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional de los jueces y magistrados españoles. Tampoco, por cierto, de los miembros del Consejo. Como mucho, por parte del Grupo Greco se señala que respecto de delitos de corrupción y con carácter preventivo, podrían generarse alguna duda respecto de los nombramientos en la cúpula judicial, esto es, en el Tribunal Supremo”, recoge el documento presentado por los progresistas, quienes consideran que los estándares “deben provenir de normas y decisiones vinculantes; el resto, sin relativizar su valor, son otra cosa: recomendaciones, guías de buenas prácticas, elementos de cooperación, etc. pero no puede denominarse estándares desde el punto de vista jurídico”.
La propuesta progresista
La propuesta que ha presentado el sector progresista en el pleno de este miércoles, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, plantea una elección previa por parte de los jueces. De esa votación saldría una candidatura de 42 nombres (seis magistrados del Supremo, 24 magistrados y 12 jueces) que se elevará al Congreso y el Senado para que cada cámara elija a seis. Para ello, se llevará a cabo la comparecencia de cada candidato en audiencia pública, en la que expondrá su currículum y un programa de actuación en el seno del Consejo. “El Congreso y el Senado deberán respetar en su elección el principio de representación equilibrada entre mujeres y hombres, deberán mantener un equilibrio entre las diferentes asociaciones, evitando exclusiones y sobrerrepresentaciones, y las candidaturas de personas no asociadas; asimismo, se tendrá en cuenta la pluralidad territorial”, recoge el texto firmado por los 10 vocales de este grupo.
Los progresistas apuestan por garantizar la presencia en el CGPJ de todas las categorías de la carrera, de forma que dos de los 12 vocales jueces sean magistrados del Tribunal Supremo (la ley vigente establece que sean tres); seis, magistrados; y cuatro jueces, la categoría a la que pertenecen los miembros más nuevos de la carrera y que hasta ahora solía quedarse fuera. Los progresistas dejan algunos aspectos del proceso sin concretar para que fueran regulados por ley, como el número de votos que podría emitir cada juez. Este grupo defiende que cada elector debe disponer “de menor número de votos que candidatos a elegir, número que debería fijarse entre un mínimo de seis y un máximo de ocho″. Para articular la votación dan dos opciones: mediante listas abiertas, de forma que cada elector marque con su voto los candidatos que elige; o emitiendo su voto por categorías de la carrera judicial, de modo que dispondría de un voto para elegir magistrados del Supremo, cuatro votos para elegir magistrados y dos votos para jueces. El voto se podría emitir de forma presencial, por correo o telemático.
La propuesta conservadora
El documento elaborado por los conservadores incluye un articulado de lo que, según estos vocales, debería ser la futura reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). El artículo 1º de esa norma sienta las bases del modelo de elección por el que apuesta este grupo, en la línea de lo defendido por lo defendido por el PP en los últimos años: “Los 12 vocales judiciales que, de acuerdo con el artículo 122.3 de la Constitución española, integran (junto con ocho vocales juristas y la persona titular de la Presidencia del Tribunal Supremo) el Consejo General del Poder Judicial, serán elegidos por sus pares, sin participación del Parlamento o del Ejecutivo en ninguna fase del proceso de selección”.
La propuesta contempla que todos los jueces o magistrados puedan presentar su candidatura con 25 avales o con el aval de una asociación judicial. Además, cada asociación podrá presentar una candidatura completa de 12 miembros. El Supremo, en un informe enviado al CGPJ a petición de este, advirtió de que si se optaba por la elección directa por parte de los jueces habría que introducir mecanismos para garantizar el pluralismo y mitigar el riesgo de “la obtención de mayorías absolutas por parte de algunas candidaturas”. De los mecanismos sugeridos por el alto tribunal, la propuesta conservadora incorpora dos: que la elección se haga por listas abiertas y de forma que cada elector pueda marcar “hasta un máximo” de 8 candidatos de los 12 a elegir, pero descarta que, como planteó la Sala de Gobierno, se garantice la presencia de todas las asociaciones y de jueces no asociados.
El documento presentado por los conservadores sí establece cupos por categoría de la carrera: tres de los 12 jueces que entren en el CGPJ deben ser magistrados del Tribunal Supremo, otros tres magistrados con una antigüedad mayor de 25 años y seis, jueces o magistrados sin sujeción a antigüedad. Además, dentro de cada una de las categorías, se aplicarán “criterios de paridad hombre y mujer entre los más votados”. “Cuando el número sea impar, la elección se otorgará al candidato restante más votado con independencia de su sexo”, recoge el texto, que establece que la elección se lleve a cabo “mediante voto libre, igual, directo y secreto” de forma presencial o por correo postal, dejando fuera la posibilidad de voto telemático y limitando el voto presencial a las sedes de los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos. Este modelo es similar al que se usa en la elección de las salas de gobierno y del que se quejan las asociaciones minoritarias porque consideran que dificulta el voto.
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