La presidenta del CGPJ convoca un pleno extraordinario para acercar posturas sobre el sistema de elección del Consejo
El CGPJ, que continúa dividido entre progresistas y conservadores, debía tener listo un informe para el 6 de febrero
La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, ha convocado un pleno extraordinario para el próximo miércoles 5 de febrero para tratar de buscar un criterio unificado entre el sector progresista y conservador sobre el sistema de elección de los vocales jueces del CGPJ. La intención de la presidenta, según informan fuentes del órgano, es convencer a los vocales para que el Consejo elabore un solo informe que recoja las posturas de uno y otro bloque sobre el modo de elección de los vocales y evitar así que cada grupo elabore un documento distinto, lo que haría imposible cumplir con el mandato derivado de la reforma legal acordada el verano pasado por el PSOE y el PP dentro el pacto que permitió desbloquear la renovación del CGPJ. Ese acuerdo instaba al Consejo a presentar, en el plazo de seis meses, una propuesta de reforma del sistema de elección de los 12 vocales jueces. El Consejo tenía que tener listo ese documento el 6 de febrero, pero las discrepancias entre ambos grupos han impedido, por ahora, consensuar un texto.
El acuerdo del PSOE y el PP derivó en una ley orgánica que contemplaba que el CGPJ debe elaborar un informe que examine “los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al español” y una propuesta “de reforma del sistema de elección de los vocales designados entre jueces y magistrados (...) que, con la participación directa de jueces y magistrados que se determine, pueda ser evaluada positivamente por el informe del Estado de Derecho de la Comisión Europea, en la que se establezca un Consejo General del Poder Judicial acorde con los mejores estándares europeos”.
Un grupo de trabajo integrado por dos vocales de cada sector lleva desde octubre trabajando para intentar acercar posturas, pero, por ahora, ninguno de los grupos ha cedido en su posición de partida. Los progresistas insisten en que el Parlamento tiene formar parte de la elección de los 12 vocales de procedencia judicial, mientras que los conservadores sostienen que esos consejeros deben ser designados directamente por los jueces.
Ante la evidencia de que es imposible llegar a una propuesta común, cada grupo está trabajando ahora en su propio documento, lo que abocaría, en principio, a incumplir el mandato de enviar una propuesta al Gobierno y a las Cortes porque ni el bloque progresista ni el conservador cuenta con la mayoría necesaria para sacar adelante su texto (hacen falta 13 de los 21 votos del pleno). La única opción para cumplir, al menos formalmente, es consensuar un informe que recoja distintas propuestas y esta es, según las fuentes consultadas, la intención que persigue Perelló al convocar el pleno del próximo 5 de febrero.
Para elaborar su propuesta, el Consejo ha pedido opinión a las cuatro asociaciones judiciales, a los 17 tribunales superiores de justicia, a la Audiencia Nacional y al Tribunal Supremo. La Sala de Gobierno del alto tribunal ha remitido un texto, avanzado por El PAÍS, en el que incluye varias propuestas y admite la “divergencia de puntos de vista” que este asunto provoca incluso dentro de la cúpula del Supremo. No obstante,la Sala de Gobierno considera que, sea cual sea el modelo elegido, “debería garantizar e intensificar la participación” de los jueces porque el actual “no permite entender que el Consejo sea acorde con los mejores estándares europeos”.
El alto tribunal no se opone a que el sistema garantice la intervención de las Cortes con un modelo “mixto” en el que los jueces elijan a los candidatos a vocales y estos luego sean refrendados por el Congreso y el Senado. Esta fórmula es similar a la que ya rige, aunque el tribunal cree que debe modificarse para evitar que la elección “siga obedeciendo al mero reparto de cuotas parlamentarias sobre los candidatos presentados por la carrera judicial”. Para limitar el margen de decisión del Parlamento, el Supremo propone acotar a un máximo de 36 (y un mínimo de 24, para que haya 12 titulares y 12 suplentes) los candidatos a vocales judiciales. Además, sugiere que al menos ocho de los 12 vocales judiciales tuvieran el refrendo de las Cortes “sin margen alguno de discrecionalidad”, de forma que el refrendo parlamentario se limitara a constatar la idoneidad de esos candidatos.
En el caso de optar por que sean los jueces quienes elijan a los vocales, el tribunal da tres opciones: que la elección se haga por listas abiertas; que los jueces no elijan a los 12 vocales jueces sino solo a 8 y que los otros cuatro sean elegidos por el Parlamento; o que, a la hora de adjudicar los resultados de la votación de los jueces, se introduzcan “correcciones” para garantizar la proporcionalidad por sexos, categorías y la presencia de todas las asociaciones y de jueces no asociados. A lo que el Supremo sí se opone expresamente a que se haga “una elección mayoritaria pura” por parte de los jueces “que pudiera dejar sin efecto la pluralidad o proporcionalidad entre categorías y sexo”, por lo que si finalmente se opta por que sean los jueces los que elijan a los vocales, se deben introducir mecanismos “correctivos” para garantizar la pluralidad.
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